Por Enfoque Derecho
1. Fiscalía formaliza investigación preparatoria contra Patricia Benavides:
La Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos ha anunciado la formalización de una investigación preparatoria contra Patricia Benavides, quien se desempeñaba como fiscal adjunta suprema titular. En paralelo, se ha presentado una denuncia constitucional contra Félix Chero Medina y Henry Ávila Herrera.
La investigación contra Benavides Vargas se centra en su presunta participación como instigadora en delitos contra la administración pública, específicamente en la modalidad de tráfico de influencias agravado, siendo esta la principal acusación. Alternativamente, se le imputa el delito de patrocinio ilegal, afectando los intereses del Estado.
Por otro lado, la Fiscalía Suprema ha presentado ante el Congreso de la República una denuncia constitucional contra Félix Inocente Chero, en su rol de ministro de Justicia y Derechos Humanos, acusándolo de ser el presunto autor de delitos contra la administración pública, incluyendo patrocinio ilegal y cohecho activo genérico, perjudicando al Estado.
Además, se ha formulado una denuncia contra Henry José Ávila Herrera, miembro titular de la Junta Nacional de Justicia, por presunta autoría en delitos contra la administración pública, específicamente en la modalidad de cohecho pasivo propio, en perjuicio del Estado.
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2. Fiscal José Domingo Pérez solicita prisión preventiva contra Keiko Fujimori por el Caso Cócteles
El fiscal José Domingo Pérez ha solicitado la prisión preventiva contra Keiko Fujimori, líder de Fuerza Popular, por presuntamente violar las reglas de conducta impuestas en el caso Cócteles. Según información de La República, Fujimori Higuchi salió del país hacia Estados Unidos el 25 de mayo sin el permiso judicial correspondiente.
«Se revoque la comparecencia con restricciones y se dicte nuevamente prisión preventiva contra la acusada Keiko Fujimori», expresa el pedido del fiscal Pérez, quien sostiene que la investigada abandonó la ciudad sin la autorización del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria.
El fiscal recordó que el 30 de abril, la Segunda Sala de Apelaciones Nacional Permanente en Crimen Organizado impuso a Fujimori una comparecencia restrictiva con ciertas obligaciones. La abogada Giuliana Loza informó que el juez Víctor Zúñiga, el 28 de mayo, notificó una resolución detallando que, mediante la resolución n.º 94 del 31 de mayo de 2023, confirmada el 10 de enero de 2024, se establecieron reglas de conducta para los procesados Vicente Silva Checa, Keiko Fujimori, Pier Figari, Jaime Yoshiyama Tanaka y Adriana Tarazona.
Esta resolución fue emitida en respuesta a un escrito del fiscal Pérez del 27 de mayo de 2024, solicitando información sobre una autorización concedida a Fujimori para viajar al extranjero y sobre el cumplimiento de una regla de conducta del 30 de abril de 2020. Se estableció originalmente que no podía ausentarse de su domicilio sin autorización judicial, pero esta regla fue modificada por la resolución del 31 de mayo de 2023, la cual actualmente permite a Fujimori viajar al extranjero sin necesidad de permiso judicial.
Este cambio implica que la regla de conducta de abril de 2020, que prohibía a Fujimori ausentarse de su domicilio sin autorización, ya no está vigente, permitiéndole viajar sin restricciones judiciales.
Fuentes:
https://juris.pe/blog/jose-domingo-perez-solicita-prision-preventiva-keiko-fujimori-caso-cocteles/
3. Congreso aprueba la Ley de modernización del Sistema Provisional Peruano
El Pleno del Congreso de la República aprobó anoche, en primera votación, el proyecto de reforma del sistema de pensiones con una mayoría de 56 votos a favor, 47 en contra y 10 abstenciones. Conforme al artículo 78 del Reglamento del Congreso, el dictamen deberá someterse a una segunda votación dentro de siete días calendario.
Uno de los cambios más significativos aprobados es la posibilidad para todas las personas, afiliadas o no a las AFP y ONP, de destinar el 1% de sus consumos, acreditados con comprobantes de pago, hasta un máximo de S/ 41,200 anuales (ocho UIT), en compras individuales que no superen los S/ 700.
La reforma también introduce una pensión mínima para los afiliados a las AFP, similar a la que reciben los afiliados a la ONP. Para acceder a este beneficio, los afiliados deberán haber realizado 240 aportes al sistema previsional. En caso de que el fondo acumulado no sea suficiente, el Estado financiará lo faltante para asegurar una jubilación de S/ 600.
Para los trabajadores independientes, la reforma establece que deberán aportar a un fondo previsional, empezando con una contribución del 2% de sus ingresos en el primer año, que se incrementará progresivamente hasta alcanzar el 5% en el cuarto año.
Otra modificación relevante es que solo las personas mayores de 40 años podrán acceder al retiro del 95.5% de su fondo previsional. Además, se permitirá a los bancos y otras entidades financieras supervisadas por la SBS, como las aseguradoras, administrar los fondos de pensiones.
Por último, se implementarán cuentas nocionales individuales para los jubilados de la ONP, permitiendo que cada uno reciba una pensión acorde a sus aportes.
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4. El Congreso aprueba nueva Ley contra el Crimen Organizado
El Congreso de la República ha reconsiderado un proyecto de ley crucial propuesto por el congresista Waldemar Cerrón, tras no alcanzar la aprobación en primera instancia. En la votación inicial, el dictamen recibió 42 votos a favor, 20 en contra y 49 abstenciones. Dada la cantidad significativa de abstenciones, que superaron tanto los votos a favor como los votos en contra, la propuesta fue sometida nuevamente a consideración.
El dictamen busca redefinir la noción de organización criminal, describiéndola como cualquier grupo con una estructura compleja y capacidad operativa significativa, compuesto por tres o más personas que colaboran de manera estable y coordinada. Estos grupos deben estar implicados en delitos que conlleven penas privativas de libertad mayores a seis años y deben estar orientados a obtener beneficios económicos de manera directa o indirecta.
La nueva legislación permitirá que el fiscal solicite al juez penal el bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias vinculadas con los investigados. No obstante, se exceptuarán los montos destinados a la subsistencia del investigado, tales como pensiones por jubilación e ingresos de trabajos formalmente acreditados. Esta medida precautoria tendrá una duración inicial máxima de 15 días, con la posibilidad de una prórroga de otros 15 días mediante solicitud fundamentada del fiscal provincial y resolución motivada del juez.
En cuanto a los procedimientos de allanamiento de inmuebles o lugares cerrados no relacionados con un flagrante delito, se establece que estos solo procederán si existen motivos razonables y suficientes pruebas que lo justifiquen. Dicho allanamiento deberá realizarse en presencia del interesado y su abogado. En caso de que el interesado no cuente con abogado, se deberá proveer uno de oficio o contactar al Colegio de Abogados local para que asista al imputado. Excepcionalmente, el registro podría llevarse a cabo en presencia de un familiar adulto del interesado o, en su defecto, de dos testigos vecinos del lugar.
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