Acuerdo Mercosur

La contratación de trabajadores extranjeros exceptuados por convenio: el nuevo Estatuto Migratorio Andino y el Acuerdo Mercosur

Por Juan Carlos Ruiz Del Pozo, Abogado por la Universidad ESAN, maestrando del Máster Universitario en Derecho Constitucional en la Universitat de València. Consultor en Migración Corporativa en Fragomen, Del Rey, Bernsen & Loewy. I. INTRODUCCIÓN El 12 de mayo de 2021 se publicó en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, la Decisión Nº 878 que aprueba el Estatuto Migratorio Andino (en adelante, “EMA”), en el cual se regulan nuevos tipos de residencia (calidades migratorias, como se conocen en nuestro sistema legal) que les permite a los ciudadanos de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (en adelante, “CAN”)[1] residir y trabajar en otro país miembro con requisitos simplificados. Esta Decisión entró en vigencia oficialmente 90 días posteriores