
El arbitraje potestativo en negociación colectiva: ¿En el Perú, es causado o incausado?
Por Kathia Martinez, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú e integrante del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. En septiembre del 2011, la Ley de Relaciones Colectivas introdujo legalmente la figura del “arbitraje potestativo” como un medio de resolución de las negociaciones colectivas. No obstante, esta figura ya había sido incluida en el ordenamiento peruano a través la Sentencia del Tribunal Constitucional del Expediente N°3561- 2009 – PA/TC (Caso Portuarios). De esta manera, se entendió que el artículo 61 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (en adelante LRCT) vigente en ese entonces[1] hacía referencia a un arbitraje potestativo. Es decir, aquel en el que, unilateralmente, “una de las partes decide someter el
