Comunidad Andina de Naciones

Repasando la Cláusula Anti-Elusiva General y su implicancia en los tratados tributarios celebrados con los demás países de la Alianza del Pacífico

Por Luis Miguel Sánchez, abogado por la Universidad de Lima y asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT y del International Fiscal Association – IFA. Durante el año 2012 en el Perú se realizó una importante modificación legislativa, que introdujo en el ordenamiento tributario la Cláusula Anti-Elusiva General (CAG), a través de la nueva Norma XVI del Código Tributario[1]. También en el 2012, el Perú firmó el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico[2], el cual reunía a los países de Chile, Colombia, México y Perú, en una alianza económico comercial con la finalidad de fortalecer los instrumentos de integración de América Latina, entre otros, reafirmando la vigencia del

La contratación de trabajadores extranjeros exceptuados por convenio: el nuevo Estatuto Migratorio Andino y el Acuerdo Mercosur

Por Juan Carlos Ruiz Del Pozo, Abogado por la Universidad ESAN, maestrando del Máster Universitario en Derecho Constitucional en la Universitat de València. Consultor en Migración Corporativa en Fragomen, Del Rey, Bernsen & Loewy. I. INTRODUCCIÓN El 12 de mayo de 2021 se publicó en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, la Decisión Nº 878 que aprueba el Estatuto Migratorio Andino (en adelante, “EMA”), en el cual se regulan nuevos tipos de residencia (calidades migratorias, como se conocen en nuestro sistema legal) que les permite a los ciudadanos de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (en adelante, “CAN”)[1] residir y trabajar en otro país miembro con requisitos simplificados. Esta Decisión entró en vigencia oficialmente 90 días posteriores