Comunidad LGBTI

Editorial | Necesidad de la Ley de Identidad de Género

Por Enfoque Derecho El 29 de marzo se conoció a través de los medios de comunicación que la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República aprobó el dictamen de la Ley de Identidad de Género. Ante ello, se generó un debate en redes sociales acerca de la necesidad o pertinencia de una Ley de este tipo. Muchos comentaban que en un estado tan crítico de la pandemia no era el momento de debatir ni aprobar una Ley de Identidad de Género; de otro lado, otros defendían la necesidad de aprobar una Ley que se había postergado por mucho tiempo. Es por ello que Enfoque Derecho realizará un análisis respecto al contenido del Proyecto de Ley de

Deportistas trans y competiciones de menores: un puzzle difícil de encajar.

Por José Luis Pérez Triviño, profesor de Filosofía del Derecho en la Universidad Pompeu Fabra (Barcelona) El borrador de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans puede suponer un cambio drástico en las competiciones deportivas. Entre sus propósitos se encuentra que toda persona pueda tener la identidad de género deseada y sentida, no necesariamente aquella que se le asignó al nacer. En consecuencia, a partir de los 16 años se podrá solicita el cambio de sexo en el registro y será suficiente la libre declaración de la persona interesada, sin necesidad de aportar diagnóstico médico o psicológico alguno de someterse a tratamiento previo. Los menores de entre 12 y 16 años podrán hacerlo a través de sus representantes

Comentarios al Proyecto de Ley Nº 7052/2020-CR desde un enfoque de derechos humanos

Por Álvaro Peña, estudiante de Derecho de la PUCP y asociado ordinario de THEMIS. Las (mal llamadas) “terapias de conversión” o, como el proyecto de ley corrige, “esfuerzos de cambio de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género” (ECOSIEG), son, siguiendo la definición propuesta por el mismo, “formas, métodos o prácticas que buscan cambiar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de una persona”[1]. Al respecto, el consenso científico y jurídico de las últimas décadas ha visto dos grandes hitos: 1998. La American Psychological Association, APA, emite un pronunciamiento oponiéndose tajantemente a la aplicación de las “terapias reparativas”, señalando que estos procedimientos implican severos riesgos para quien los atraviesa[2]. 2013. La Organización

Editorial | Entre visibilidad y discriminación: ¿Estado agresor o protector?

Por Enfoque Derecho Introducción Frecuentemente, observamos en los programas televisivos, en las páginas de internet o en las redes sociales, la discriminación que sufren las personas trans. Ya sea en el plano nacional o en el internacional, vemos noticias donde las agreden, las humillan o incluso las asesinan basándose en el solo hecho de ser personas trans. Sin embargo, más allá de la violencia que los propios particulares ejercen, en esta ocasión nos cuestionamos sobre el accionar del Estado frente a la situación de la comunidad trans. Hace algunas semanas observábamos noticias internacionales sobre el nuevo presidente de Estados Unidos, Joe Biden, y sus acciones durante el comienzo de su gobierno. Entre estas órdenes, el nuevo mandatario revocó una disposición

Entrevista a César Landa | Caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú

El pasado 6 de abril, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) publicó la sentencia del caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú[1], en la cual se declara culpable al Estado peruano por la violación de los derechos a la libertad e integridad personal, a la vida privada, al no sometimiento a torturas, a las garantías judiciales y a la protección judicial. El caso al cual se hace referencia corresponde al seguido por Azul Rojas Marín, una mujer transgénero, quien fue detenida, sin motivo alguno, por agentes de la policía peruana el 25 de febrero de 2008. En dicha oportunidad, la denunciante fue golpeada, desnudada a la fuerza, torturada y violada, todo ello, en razón de su orientación

Políticas trans inclusivas en la PUCP: razones para no retroceder

Por Marisol Fernández Revoredo, abogada, profesora de Derecho de Familia en la PUCP y coordinadora del Grupo de Investigación Derecho, Género y Sexualidad (DEGESE). La celebración de la Comunidad PUCP, luego de la aprobación por parte del Consejo Universitario de la política  en favor de los estudiantes trans, no duró sino dos días. La alegría y el sentimiento de orgullo institucional por ser la primera universidad en el Perú con políticas trans inclusivas, se acabaron abruptamente luego de la difusión de dos comunicaciones escritas por el  Rector en las que sostiene la ilegalidad del aspecto referido a que el estudiantado trans pueda contar con la Tarjeta de Identidad de la PUCP (TI) en la que se consigne su nombre social