
Requisitos para las publicaciones en el Diario Oficial El Peruano
Por Mariano Peró, abogado por la PUCP, Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Columbia y asociado del Miranda & Amado Abogados La Ley General de Sociedades (LGS), en su Artículo N° 43, establece que las publicaciones que deban realizarse por su mandato se efectúan en el periódico del lugar del domicilio de la sociedad en el que se insertan los avisos judiciales, agregando que las sociedades domiciliadas en las provincias de Lima y Callao deben realizar sus publicaciones, cuando menos, en el Diario Oficial El Peruano y en otro de los diarios de mayor circulación de Lima o del Callao, según sea el caso. En esa línea, la Gerencia de Publicaciones Oficiales de El Peruano ha publicado los

