El Peruano

Requisitos para las publicaciones en el Diario Oficial El Peruano

Por Mariano Peró, abogado por la PUCP, Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Columbia y asociado del Miranda & Amado Abogados La Ley General de Sociedades (LGS), en su Artículo N° 43, establece que las publicaciones que deban realizarse por su mandato se efectúan en el periódico del lugar del domicilio de la sociedad en el que se insertan los avisos judiciales, agregando que las sociedades domiciliadas en las provincias de Lima y Callao deben realizar sus publicaciones, cuando menos, en el Diario Oficial El Peruano y en otro de los diarios de mayor circulación de Lima o del Callao, según sea el caso. En esa línea, la Gerencia de Publicaciones Oficiales de El Peruano ha publicado los

Normas legales del 18 al 24 de noviembre

1. Decreto de Urgencia Nº014-2019 Título: DECRETO DE URGENCIA QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2020 Sumilla: a través de la norma, se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2020 por el monto de S/. 177 367 859 707,00, que comprende  los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional,  los Gobiernos Regionales y  Locales, agrupados en Gobierno Central e instancias descentralizadas, conforme a la Constitución Política del Perú. Entidad: Poder Ejecutivo Link: https://elperuano.pe/NormasElperuano/2019/11/22/1829711-1/1829711-1.htm 2. Decreto de Urgencia Nº016-2019 Título: DECRETO DE URGENCIA PARA EL ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2020 Sumilla: el Decreto de Urgencia tiene por objeto regular las condiciones para el endeudamiento