Estado de Emergencia Nacional

Agenda Legal del 25 al 31 enero del 2021

Por Enfoque Derecho 1.- DECRETO SUPREMO N° 008-2021-PCM Título: Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 y modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, el Decreto Supremo N° 201-2020-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM y el Decreto Supremo N° 004-2021-PCM Sumilla: Con el propósito de continuar con las acciones emprendidas para combatir la propagación de la COVID-19, mediante el presente decreto se establece la prórroga del Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, a partir del lunes 01 de febrero de 2021, por el plazo de veintiocho (28) días calendario. Asimismo, se aprueba el Nivel de Alerta por Departamento (alto,

Presidente Martín Vizcarra anuncia la prórroga del Estado de Emergencia y la cuarentena hasta el 30 de junio

El presidente Martín Vizcarra anunció que el día de hoy se aprobó el Decreto Supremo, denominado “Ciudadanía hacia una nueva convivencia social”, mediante el que se prorroga el Estado de Emergencia y la cuarentena, a fin de mejorar y fortalecer el sistema de salud precario, desde el 25 de mayo hasta el 30 de junio.  El toque de queda comenzará desde las 9 pm hasta las 4 am.  En el caso de las regiones de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las tres provincias de  la costa de Ancash, el toque de queda comenzará desde las 6 pm hasta las 4 am del día siguiente. Esta medida será vigente desde el día lunes 25 de mayo hasta

Presidente Martín Vizcarra anunció que se extiende el Estado de Emergencia por 2 semanas más

Hoy 8 de mayo, mediante conferencia de prensa, el Presidente de la República anunció la prórroga del Estado de Emergencia por dos semanas más, es decir, hasta el domingo 24 de mayo. Asimismo, dispuso que, desde el 11 de mayo, el toque de queda comenzará desde las 8 pm, ya no desde las 6 pm, y precisó que el domingo el aislamiento social obligatorio continuará siendo aplicado durando todo el día. Ello, a fin de que las personas cuenten con un mayor tiempo para cobrar sus bonos. Por otro lado, Vizcarra añadió que el progresivo comienzo de actividades en los próximos días deberá respetar los cuidados correspondientes para evitar la propagación de Covid-19. Entre otras medidas adoptadas por el Ejecutivo,

La suspensión de los procedimientos administrativos disciplinarios a causa del Covid19

Por Gustavo Richarte[1], abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), máster en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid e investigador del Centro de Estudios en Modernización del Servicio Civil (CEMSCI), adscrito a la Facultad de Derecho de la PUCP. En el marco de la crisis mundial por el nuevo coronavirus (COVID-19), nuestro Poder Ejecutivo emitió el 15 de marzo del 2020, el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM (D.S. N° 044-2020-PCM), Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, cuyo artículo 1º declaró el Estado de Emergencia Nacional por quince (15) días calendario (es decir, del 16 al 30 de marzo) y

La urgencia de revisar la prisión preventiva por la pandemia del COVID-19

Por André Carrasco, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos con Maestría en Derecho Constitucional por la Universidad San Martín de Porres. Introducción Dada la agresividad y propagación de la pandemia de COVID-19, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha exhortado a los Estados a adoptar medidas urgentes para garantizar la salud e integridad de las personas privadas de libertad; así como asegurar las condiciones dignas y adecuadas de detención. Una de las recomendaciones es reducir la sobrepoblación de los centros penitenciarios. El gobierno peruano inició la batalla contra la pandemia el 15 de marzo del 2020, decretando medidas oportunas como el Estado de Emergencia Nacional[1], al amparo del artículo 137°, inciso 1 de la Constitución Política

La suspensión perfecta de labores en los tiempos del COVID-19

Por Renzo Quijano, egresado de la PUCP y  miembro extraordinario de Geose. En el presente artículo, se abordará la exhortación contenida en el Decreto de Urgencia N° 038-2020 respecto a la suspensión perfecta de labores, en el marco del Estado de Emergencia Nacional dictaminado por el Gobierno. Desde el Estado de emergencia declarado mediante el D.S. N° 044-2020, la medida de aislamiento social obligatorio ha tenido especial repercusión en el desarrollo de las relaciones laborales, en particular de aquellas que sostienen servicios no esenciales. Frente a esta situación, el Gobierno estableció mediante el D.U. N° 029-2020, que las empresas que prestan servicios no esenciales desarrollen trabajo remoto, y que en caso de no ser factible, se otorgue licencia con goce

Peligros a corto plazo: la protección de las inversiones extranjeras durante la emergencia sanitaria

Por Enfoque Derecho El 30 de marzo, el presidente de la República suspendió el cobro de los peajes administrados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de Provías Nacional, durante la emergencia suscitada por la crisis del COVID-19. Esta medida suspendió 24 peajes a nivel nacional y, a pesar de no estar dirigida a ellos, 32 peajes privados se sumaron a esta disposición. El mandatario manifestó que esta decisión se dio porque resultaba necesario dar facilidades a los que prestan servicios al Estado -como el transporte de alimentos, medicinas, entre otros, con el fin de que puedan llegar a los centros de consumo-, eliminando ese costo que puede ser marginal. En ese contexto, el Congreso, en aras de

Infografía | Decreto Legislativo N° 1458

EnfoqueDerecho.com presenta la siguiente infografía sobre los alcances del Decreto Legislativo N° 1458, que dispone sancionar, con multas, el incumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional.