Fuerza mayor

¿Hasta qué momento puede un contratista obligado a realizar prestaciones con insumos fungibles alegar a su favor la fuerza mayor sin que le sea exigible cambiar de proveedores para cumplir su prestación?

Por Maria Fernanda Mondragon Ticlla, estudiante de séptimo ciclo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Introducción En el contexto actual, buscamos soluciones económicas y eficaces frente a los problemas que se derivan de acontecimientos imprevisibles de la naturaleza. La pandemia obligó a las personas a pensar cómo evitar terminar en el Poder Judicial sin antes negociar con sus acreedores/deudores frente a la prestación a la que se habían obligado. El deber de negociar como parte de la mitigación de daños y la buena fe contractual que estipula nuestra legislación nos ha llevado a plantearnos la posibilidad de alegar la fuerza mayor como una salida rápida para evitar problemas con los acreedores/deudores, pero, hasta cuándo podríamos tomar

La Fuerza Mayor, impacto y consecuencias bajo el modelo Turnkey FIDIC

Danny Quiroga Anticona, Abogado Senior en Paitan Abogados, titulado en la Universidad de San Martin de Porres, con estudios de maestría en Derecho Internacional Privado en la Universidad Johannes Gutenberg en Mainz, Alemania. Especializado en temas relacionados al Derecho de la Construcción, asimismo en arbitraje internacional tanto en materia comercial como de inversiones.  Introducción El presente artículo desarrolla ideas relativas al evento que está afectando la vida de las personas a nivel global. El COVID-19 ingresó a casi todos los países del mundo no solo alterando sino destruyendo la planificación que se tenía hecha en relación con el día a día. Desde la perspectiva legal, existe un impacto en la ejecución de acuerdos tomados que no tiene un paralelo inmediato

Un retroceso en la aplicación del principio de culpabilidad

Por Ramón Huapaya Tapia, profesor de Derecho Administrativo Económico de la PUCP y socio de CMS Grau, y Oscar Alejos, asociado de CMS Grau e integrante del equipo de Derecho Administrativo y Regulación El principio de culpabilidad es un fantasma en nuestro derecho administrativo sancionador. Está ahí, pero no está; lo vemos a veces, pero se desvanece. Antes de su previsión expresa, se le invocaba sin éxito sobre la base de pronunciamientos del Tribunal Constitucional. Con su previsión expresa en la ley de procedimiento administrativo general (LPAG), se le invoca también sin éxito frente a las distintas administraciones públicas. En algunos sectores se niega su aplicación sobre la base de normas especiales que consagran un régimen de responsabilidad objetiva (medio

Impacto del Estado de Emergencia por el COVID-19 en los contratos con prestaciones recíprocas

Por Carlos Zecenarro Monge, abogado graduado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, máster en Administración por la University of Wales del Reino Unido, y actualmente Responsable del Área de Asesoría Legal del Programa Nuestras Ciudades, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. INTRODUCCIÓN El presente artículo tiene como finalidad analizar las consecuencias generadas a partir del brote del COVID-19 (Coronavirus) en el ámbito del derecho contractual público y privado. Con tal fin, se analizará la regulación existente en materia de Estado de Emergencia y Fuerza Mayor, así como los alcances legales de ambos conceptos jurídicos dentro del derecho civil, comercial, y aquel regulado por leyes administrativas especiales. Dado que el brote pandémico se encuentra actualmente en curso, la información

Editorial | El Estado en acción: la llegada del coronavirus

Por Enfoque Derecho El pasado 6 de marzo el presidente Martín Vizcarra confirmó el primer caso de coronavirus en el Perú. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, este virus probablemente afecte a los dos tercios de la población mundial. Y es así que ya se han confirmado más de 85 000 casos en 60 países. Lamentablemente, tal y como opina César Puntriano, docente en la Pontificia Universidad Católica del Perú y socio del Muñiz, la infraestructura de salud pública en el Perú es insuficiente para atender este tipo de casos, por lo que lo recomendable es la prevención en todo ámbito, ya sea laboral, educativo y/o familiar. Por ello, ante la llegada de este virus al Perú,