Ley del Impuesto a la Renta (IR)

Todo queda en Familia: La vinculación económica entre empresas de propiedad estatal

Por Pablo Sotomayor, Socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. El artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) señala que para fines de dicho impuesto, se considera que dos o más personas, empresas o entidades son partes vinculadas cuando una de ellas participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra; o cuando la misma persona o grupo de personas participan directa o indirectamente en la dirección, control o capital de varias personas, empresas o entidades. Por su parte, el artículo 24 del Reglamento de la Ley del IR

Implicancias fiscales de una reorganización internacional

Por Luis Miguel Sánchez, Abogado por la Universidad de Lima y asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT y del International Fiscal Association – IFA. El crecimiento económico del Perú en las últimas décadas trajo consigo la inversión de diversos grupos extranjeros en empresas constituidas o incorporadas en país; muchas de las cuales fueron canalizadas a través de una o más empresas constituidas en el exterior, también llamadas “holdings”. Este tipo de estructuras buscan mantener un orden en las inversiones al separarlas por industria y/o actividad a realizar. Asimismo, cuando un proyecto o actividad es llevado a cabo por distintos inversionistas de diversos países, las estructuras holding permiten centralizar