licencia de conducir

La aplicación equivocada del sesgo de aversión a la perdida: el caso del plazo de vigencia de las licencias de conducir en Perú

Por Guilliana Paredes, abogada y Máster en economía, competencia y regulación de los servicios públicos, y fundadora del blog “Diario Regulatorio” El 28 de marzo de 2021, se publicó en el diario “El Peruano” el D.S 014-2021-MTC que modificó el plazo de vigencia de las licencias de conducir de la Clase A Categorías II-a, II-b, III-a, III-b y III-c de la siguiente forma: Antes Ahora La licencia de conducir de la Clase A Categorías II-a, II-b, III-a, III-b y III-c tiene una vigencia de cinco (05) años, contados desde la fecha de su emisión. El plazo de revalidación u obtención de una nueva por recategorización, dependerá del record de infracciones del conductor, de acuerdo al siguiente detalle: a)      Vigencia de

Agenda Legal del 12 al 18 de octubre

Proyecto de Ley 06459/2020-CR Título: Ley que modifica los artículos 5, 7 y 9 e incorpora el artículo 10 de la Ley 30933- Ley que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial Sumilla: El presente proyecto de ley tiene como objetivo modificar e incorporar criterios procedimentales en materia de desalojo, con la finalidad de reivindicar el derecho de propiedad, que busca celeridad y economía procesal, en los procesos de trámite de desalojo de los inquilinos morosos, donde el tramite notarial deviene en sí como un requisito previo para el proceso de desalojo, referido al proceso judicial. De esta forma, se pretende modificar los artículos 5,7 y 9 de la Ley 30933 e incorporar el artículo 10, el cual