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Dejen a los muertos descansar: sobre la reincorporación del delito de abuso del poder económico al ordenamiento jurídico

Por Giancarlo Baella Prado Asociado Principal del estudio Payet Rey Cauvi Perez Abogados. Se especializa en derecho de la competencia, derecho administrativo, derecho comercial y protección de datos personales. Se ha desempeñado también como miembro de la Agencia Peruana de Competencia y como asociado del Estudio Echecopar. El 21 de agosto de 2020, el Congreso de la República resolvió aprobar por insistencia la ley que modifica el Código Penal para sancionar con pena de cárcel a las conductas contrarias a la libre competencia; iniciativa que había sido observada previamente por el Poder Ejecutivo. Como consecuencia de ello, el 29 de agosto de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31040 que reincorpora al Código Penal

El silencio que hiere al silencio

Por Fernando Salhuana Quiroz, abogado por la Universidad de Lima y asociado en Olaechea Legal. Introducción Uno de los aspectos resaltantes de la normativa que regula el control previo de las operaciones de concentración empresarial (en adelante, “Ley de Control Previo de Fusiones”) es la inclusión del Silencio Administrativo Positivo (en adelante, “SAP”) en el procedimiento de evaluación de la transacción, el cual operaría ante la falta de decisión de la autoridad dentro del plazo previsto (Fase 1: 30 días y Fase 2: 90 días). La incorporación del SAP es una herramienta fundamental para el sistema de control de concentraciones empresariales, pues, implícitamente, ofrece una decisión oportuna (sea definitiva o no) y si es que ello no ocurre, se entenderá