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Ordenanza N° 561/MM : Airbnb, pandemia y facultades del propietario

Por Renzo López, asociado del área Inmobiliaria y Saneamiento de Tierras de Rubio, Leguía, Normand & Asociados La Municipalidad Distrital de Miraflores (en adelante, la “MDM”) emitió la Ordenanza N° 561/MM (en adelante, la “Ordenanza”), publicada el pasado 22 de enero. Esta norma modifica, de manera muy concreta, la Ordenanza N° 342/MM que aprobó los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, y las condiciones generales de edificación en el distrito de Miraflores. Entre las modificaciones señaladas, resalta la correspondiente al numeral 2 del literal e) del artículo 14, la cual mostramos a continuación: Texto Anterior:   Texto Actual: Los edificios de vivienda multifamiliar ubicados en zonas residenciales, sólo podrán ser usados para ese fin; quedando expresamente prohibido el uso de estos inmuebles

Aeronaves no pilotadas con fines recreativos | Entrevista a Miguel Mena

– Entrevista a Miguel Mena – ¿Cuáles son los requisitos y las restricciones para volar una aeronave sin piloto con fines recreativos? ¿Cuál es el fundamento de la Ordenanza de la Municipalidad de San Isidro (2015) sobre la prohibición de las aeronaves sin piloto? ¿Se debería reformar la Ley Nº 30740 o el Reglamento sobre la regulación de las aeronaves sin piloto? Estas interrogantes y más son respondidas por Miguel Mena en el presente video. Miguel Mena es socio de CMS Grau, se especializa en Derecho Aeronáutico e Internacional Económico. Participa en el diseño y planeamiento de operaciones aeronáuticas en el Perú, prestando asesoría en procesos de otorgamiento de permisos de operación y vuelo de diversas aerolíneas, negociación de convenios

¿Se puede prohibir la venta de bebidas alcohólicas cerca a los colegios?

Por José Antonio Del Risco, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho y alumno en la Facultad de Derecho de la PUCP. El 21 de noviembre, el Indecopi publicó en El Peruano la resolución 0443-2019/SEL. A través de ella, se confirmó la Resolución 0326-2019/CEB del 2 de julio de 2019, que declaró barrera burocrática ilegal a la norma contenida en el literal f) del artículo 17 de la Ordenanza 154-MDS, que regula la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de Surquillo. Lo que se señala en el mencionado literal f) es que “se encuentra expresamente prohibida la venta de bebidas alcohólicas bajo cualquier modalidad y/o en cualquier establecimiento o vivienda cercana a un Centro Educativo de cualquier