Pueblos Indígenas en situación de Aislamiento y situación de Contacto Inicial

Protocolo para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente a la COVID-19 en la actividad forestal que vulnera el derecho a la salud y vida de los PIACI.

Por Maritza Quispe M., abogada del Instituto de defensa Legal El Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) aprobó los protocolos para las actividades del sector agropecuario y forestal, según la Resolución Ministerial Nº 0117-2020-MIMANGRI[1]. Asimismo, respecto a los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial, la norma señala algunas consideraciones “generales” para la protección de estos pueblos en la vigilancia, prevención y control del COVID-19. De este modo, ante la reanudación de las actividades económicas que incluye la del sector forestal dispuesta en el D.S. Nº 080-2020-PCM[2], los titulares de títulos habilitantes que desarrollan actividades forestales o servicios conexos y cuyas áreas de manejo y aprovechamiento forestal o servicios que tengan colindancia territorial o potencial  contacto con pueblos