residualidad

El verdadero sentido de la tutela de derechos en el artículo 71° inciso 4) del Código Procesal Penal

Por Renzo Dante Mendoza Urrutia, egresado de Derecho de la USMPy Horacio Antonio Herrera Calderón, alumno de la Universidad de San Martín de Porres, especialistas en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal A. PROLEGÓMENO El presente artículo explica el porqué de la amplitud del margen de acción de la tutela de derechos en el artículo 71.4 del Código Procesal Penal del 2004 (en adelante C.P.P.), y su trascendencia del derecho constitucional en el derecho procesal penal. Así también, presentamos una solución doctrinaria que permite instar tutela de derechos de manera directa al juez sin la necesidad de recurrir previamente al Ministerio Público. Por último, recopilamos algunos casos que se presentan en la amplitud de protección del artículo 71.4 del C.P.P.

El “doble” levantamiento del velo societario en el arbitraje

Por Rodrigo Vega Méndez. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú El levantamiento del velo societario es un remedio que responde al uso fraudulento de una o varias personas jurídicas. Su finalidad es prescindir o desconocer la personalidad jurídica de las empresas involucradas en el esquema fraudulento, de modo tal que todas las empresas pasan a ser consideradas como una sola contraparte, un solo obligado o un solo deudor. Salvo algunos casos puntuales (como Argentina y Brasil), esta no es una figura recogida a nivel normativo y, por ende, no existe un consenso unánime en torno a cuáles son los requisitos para aplicar esta teoría. Sin perjuicio de ello, siguiendo el enfoque del profesor Frederick Powell[1], creemos que la