Rodrigo Lopez

La regulación del árbitro de emergencia en el Reglamento de arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima

Por José Rodrigo López Castro, estudiante de la Facultad de derecho de la PUCP y exmiembro de la Comisión Publicaciones de la Asociación Civil THEMIS. I. INTRODUCCIÓN Cuando las partes pactan, voluntariamente, una cláusula arbitral dentro del contrato es porque quieren que un árbitro sea quien resuelva una posible controversia. El optar por el arbitraje es a la vez una renuncia a acudir al Poder Judicial. El convenio arbitral crea dos efectos: uno positivo y otro negativo. CREMADES describe estos del modo siguiente “los efectos positivos del convenio arbitral se traducen en la obligación de las partes de estar y pasar por lo estipulado, por lo que si una controversia se encuentra cubierta por el convenio arbitral no puede una

El recurso de anulación frente a laudos parciales

Por José Rodrigo López Castro, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y ex miembro de la Comisión de Publicaciones de la Asociación Civil Themis.  1. Introducción El artículo 54 de la ley de arbitraje, en concordancia con importantes reglamentos nacionales e internacionales[1], permite que el Tribunal Arbitral pueda decidir la controversia mediante la expedición de más de un laudo. Los laudos emitidos en un proceso arbitral, son clasificados por la doctrina, reglamentos y leyes en varios subtipos. Así González de Cossio, señala la existencia de a) laudo sobre competencia, b) laudo incidental, c) laudo parcial, d) laudo final, e) laudo en rebeldía y f) laudo consentido[2]. Gary Born también resalta esta diversidad al señalar que “la mayoría