videovigilancia

El «boom» de las herramientas para monitorear el trabajo remoto y su impacto en la protección de datos personales

Por Viviana Chávez Bravo Asociada Principal en Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie International. No es ninguna novedad que la pandemia por la Covid-19 ha planteado diversos retos para las organizaciones. Uno de ellos ha sido pasar de un esquema de trabajo presencial a un esquema -parcial o total, dependiendo de las necesidades de las empresas y el sector en el que se desempeñan- de trabajo remoto. A diferencia de otras jurisdicciones, en las que el trabajo remoto ya era parte de la realidad de los negocios, ese no había sido el caso del Perú. Sin embargo, como resultado de la pandemia, las empresas se han visto forzadas a implementarlo y muchas de estas vienen considerando que forme parte

Cámaras ocultas en el trabajo, ¿medida legítima o violación a la privacidad?

Por Iván Blume, Master of Industrial and Labor Relations (MPS) Cornell University. Abogado por la Universidad Católica del Perú. Asociado senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. Imagine que usted es dueño de un supermercado y descubre faltantes no justificados en los inventarios. Tiene razones fundadas para pensar que los empleados son los responsables, pero necesita identificarlos con certeza para poder tomar medidas. Usted piensa en poner cámaras ocultas que permitan registrar los eventuales hurtos. Sin embargo, las normas de protección de datos obligan a informar a los trabajadores sobre la instalación de cámaras de vigilancia, ¿quiere decir esto que si instala cámaras ocultas para dar con los responsables, usted podría terminar con problemas con la ley por violar