Esta mañana del 25 de noviembre, el Tribunal Constitucional dispuso la excarcelación de Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, declarando fundado el hábeas corpus interpuesto a su favor por su hermana Sachi Fujimori.

El TC dispuso esa medida con cuatro votos a favor de la liberación de Fujimori, anulando la prisión preventiva que tenía como fecha de vencimiento abril del 2020. Ello implica que la lideresa de Fuerza Popular podrá seguir el proceso penal seguido en su control por el delito de lavado de activos, en el marco del caso Lava Jato, en libertad.

La resolución fue propuesta por Ernesto Blume (presidente del TC y ponente del caso) y apoyada por los magistrados José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Carlos Ramos (con voto singular). Esta debía analizar si el derecho a la defensa de Keiko Fujimori había sido o no vulnerado, así como si la decisión judicial de prisión preventiva ordenada por el juez Richard Concepción Carhuancho y su posterior confirmación en una segunda instancia estaban debidamente motivadas. 

Cabe resaltar que en el informe Ernesto Blume decidió no incluir las declaraciones de Jorge Yoshiyama, quien había señalado que Fujimori tenía conocimiento de los aportes que hizo la empresa brasileña Odebrecht a su campaña electoral del año 2011. Asimismo, recordemos que el Equipo Especial del caso Lava Jato acusó a la excandidata al sillón presidencial de haber lavado 1.2 millones de dólares, dinero que presuntamente recibió de la constructora Odebrecht para financiar su campaña durante el 2011.


Fuente de la imagen: Reuters