octubre 2010

¿Derecho real de posesión?

Por: José Carlos Fernández Salas Estudiante. Finalista del I Concurso Nacional de Artículos de Actualidad Jurídica. El artículo responde a la siguiente pregunta: ¿Que norma del ordenamiento jurídico cambiarías y por qué? Una de las instituciones que más dudas deja regadas en los apuntes de los estudiantes de derecho es, sin lugar a dudas, la posesión. No le falta razón al Dr. Jorge Avendaño cuando en sus clases de Derechos Reales la denomina “institución molusco”, después de contarnos que la posesión es el derecho real que más interés le despierta. Por ello, sin ánimo de ahondar en los pormenores del concepto, me propongo preguntar en este breve texto si es que realmente podemos afirmar que la posesión es un “derecho”,

La soberbia, el peor pecado de los “intervencionistas”

Mario Zúñiga Abogado. Investigador del Instituto Libertad y Democracia – ILD Yo pensaba que el peor pecado de los gobiernos intervencionistas (incluyendo en esa categoría, a riesgo de confusión, a socialistas, fascistas, corporativistas o “colectivistas” en general; radicales o moderados, antiguos o “modernos”) era su tendencia al “igualitarismo”. Puede que me haya equivocado. Acaso sea la soberbia el peor de sus pecados. Comento esto a raíz de unas recientes declaraciones del presidente Alan García, en las que se mostró en contra de cualquier iniciativa para la legalización de las drogas en el mundo, al inaugurar la Vigésima Reunión de Jefes de Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas en América Latina y el Caribe “XX HONLEA Perú 2010”.

¿Cuánto te cuesta, cuánto te vale? Un voto, S/. 18.00

Por: Chiara Marinelli Tagliavento Estudiante de Derecho de la PUCP. Miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho y de la Asociación Civil THEMIS. Hoy, 3 de octubre, millones de peruanos se han levantado, han salido de sus hogares y se han dirigido a votar. ¿Por qué? Por ejercer un derecho, por un deber cívico, por no pagar una multa, por la costumbre… El voto es un derecho y un deber: ¿Deber para con quién? ¿Con el Estado? ¿Con los demás? ¿Consigo mismo? Lo único que se sabe bien es que un voto, en este país, vale alrededor de S/. 18.00[1]. En principio, el voto es un derecho subjetivo; una facultad reconocida al individuo para realizar libremente actos a favor de

El problema del artículo 90 del Nuevo Código Procesal Penal

Por: Rafael Hernando Chanjan Documet Estudiante. Ganador del I Concurso Nacional de Artículos de Actualidad Jurídica. El artículo responde a la siguiente pregunta: ¿Que norma del ordenamiento jurídico cambiarías y por qué? En el nuevo marco normativo del proceso penal, consagrado por el Nuevo Código Procesal Penal, se erige una figura procesal que en todo éste tiempo a pasado casi inadvertida de cara al proceso penal peruano y la consiguiente sanción penal: nos referimos a la persona jurídica pasible de la imposición de consecuencias accesorias. Efectivamente, el Nuevo Código Procesal Penal regula en el Título III de su Sección IV a una nueva parte procesal: la persona jurídica. Con ésta nueva regulación se logra, acertadamente, insertar dentro del proceso penal