A propósito de los pedidos efectuados por trabajadores de una tienda por departamento: la posibilidad de percibir un “Básico” inferior la Remuneración Mínima Vital
Por: Eric Castro Posadas Abogado asociado del estudio Miranda & Amado. Hace algunas semanas hemos visto reportajes televisivos respecto a la forma de retribución de una conocida tienda por departamentos en el país, en los cuales sus trabajadores afirmaban que percibían como “sueldo básico” sumas muy por debajo de una Remuneración Mínima Vital[1] (en adelante RMV). Sin embargo, si bien esto puede sonar por demás extraño (situación que dichos reportajes buscaban precisamente resaltar), no necesariamente es contrario a Ley; ya que lo único que se prohíbe es que una persona perciba menos del monto equivalente a una RMV si labora 8 horas diarias (una jornada completa). De acuerdo a nuestra legislación laboral, se entiende por remuneración el íntegro de lo
