La historia de una (falsa) implicancia… y su (aparente) superación. Brevísimas notas aproximativas a las obligaciones reales: el caso de la deuda por la prestación del servicio público de electricidad
Por: Héctor Augusto Campos García Adjunto de Docencia en Derecho de las Obligaciones y Responsabilidad Civil en la Pontificia Universidad Católica del Perú y en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Consultor externo del Estudio Jurídico García Cosme & Asociados. Maestrista en Derecho con mención en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Diploma de especialización a nivel Post Grado en Responsabilidad Civil. Estudios de especialización en Derecho de la Energía y Regulatorio por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) ¿Alguna vez escuchó de las obligaciones propter rem u “obligaciones reales”? ¿En algún momento escuchó hablar de las obligaciones ambulatorias? Quizá algunos, la gran mayoría, respondan afirmativamente las preguntas
