octubre 2014

Un lamentable caso de desalojo en Cajamarca: ¿Es esta la realización del Derecho?

Cuando uno es aún estudiante, se limita principalmente a vivir el Derecho mediante casos hipotéticos, imaginarios y de laboratorio que acogen reducidamente la realidad. Algunas experiencias y sucesos nos son trasmitidos tímidamente por nuestros profesores, abogados con experiencia en el ejercicio profesional, pero no nos proporcionan una visión tal cual de la realidad.

El Nuevo Maternalismo en la era de la heteroestima

Siempre me ha llamado la atención que “elijamos” las palabras “Papá” o “Pater” para usarlas en términos despectivos y agresivos al calificar al Estado. Es un poco raro, ¿no? … digo, que “Papá Estado” sea equivalente, para una buena cantidad de gente, a “Estado de mierda”. ¿Cuál será nuestra idea, consciente e inconsciente, de “papá” para usar así la palabra? Lo cierto es que a nadie le gusta mucho esto del Estado Paternalista. Lo que me llama la atención ahora es la “nueva ola” … el algo así llamado “Paternalismo Libertario”. De arranque me sonó poco convincente. Y bueno … se trata de una nueva y creativa forma de paternalismo, que califica al Estado como “suave y blando”. Dije entonces: “¿Suave?” … “¿Blando?”. No me convence, para nada. Me pregunto, con toda seriedad: ¿es eso lo que necesitamos? … “valiente y con fortaleza” me suena mejor a mí. Claro, eso si pudiésemos realmente elegir cómo queremos ser liderados como país.

Histeria Cinéfila: "Ahí está el detalle", por Martín Sotero

#HisteriaCinéfila presenta a Martín Sotero, abogado especialista en temas de Derecho Procesal, quien nos habla sobre la película «Ahí está el Detalle» protagonizada por Mario Moreno, Cantinflas.

En ella, destaca la presencia de ciertos aspectos del sistema jurídico denunciados por el protagonista a lo largo del juicio al que es sometido, tales como el rol de la prensa y el prejuzgamiento del que generalmente es objeto el procesado.

Consulta Legal: Demanda de impugnación por despido fraudulento

¿Cuál es es el plazo que se tiene para plantear la demanda de impugnación de despido fraudulento en vía laboral después de que el Tribunal Constitucional la declaró improcedente en una demanda de amparo por requerirse actuación probatoria?

Miscelánea de inversión

Quiero dedicar esta entrada a tres asuntos sobre los cuales me parece interesante discutir: El primero, sobre el buen desempeño del Perú en los arbitrajes de inversión; el segundo, también referido al sistema de resolución de disputas inversionista-Estado, sobre el rechazo a este la Asociación Transatlántica para el Comercio y la Inversión o Transatlantic Trade and Investment Partnership (TTIP). Finalmente, y es por ello que elegí el título de “miscelánea”, sobre un tema extra-arbitraje, el “decoupling” y su efecto en las inversiones.

La contratación laboral de adolescentes y la problemática del Caso Corazón Serrano

ED: ¿Cuáles son los requisitos para contratar a un adolescente?

JO: Nuestra Constitución Política en su artículo 23º reconoce una protección laboral especial a la madre, al menor de edad y al impedido. Dicho derecho se ve reflejado con carácter especial en el artículo 22º del Código de Niños y Adolescentes (CNA) cuando el Estado le brinda al adolescente una protección laboral especial en tanto: 1) no exista explotación económica, 2) no sea una actividad laboral peligrosa o riesgosa, 3) no afecte su proceso educativo, ni sea nocivo para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social, y 4) se respeten las restricciones del Código.

Barreras

Nuestra Carta Magna nos dice que la educación es un derecho fundamental, pero nuestra magna realidad priva a miles de niños de ella. Impedidos en razón de un sinnúmero de barreras; instaladas en la infraestructura de la ciudad, en mentalidades arcaicas y obtusas. Quiénes mejor que determinados colectivos sistemáticamente segregados para conocerlas. Lo traigo a colación porque el pasado 16 de octubre se celebró el Día Nacional de las Personas con Discapacidad (PCD), día para reflexionar y generar una mayor concientización sobre los derechos que asisten a este colectivo y las barreras que impiden su total integración. Barreras, que tratándose de niños se hace aun más acuciante de derribar.

Editorial: Reelección inmediata: una reforma fuera de foco

El jueves pasado, con 97 votos a favor, 0 en contra y 10 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó en primera votación un proyecto de reforma constitucional que en resumidas cuentas prohíbe la reelección inmediata de presidentes regionales y alcaldes. Es decir, tales funcionarios sólo podrán volver a postular transcurrido un periodo de gobierno. Asimismo, dicho proyecto plantea otras novedades como el cambio de denominación a los presidentes regionales, quienes deberán llamarse “gobernadores regionales” y, además, estarán obligados a concurrir al Congreso cuando se les requiera para dar cuenta de su gestión. Esta decisión ha sido aplaudida por el Jurado Nacional de Elecciones y el Tribunal Constitucional, señalando que la alternancia de poder sería pertinente para combatir la corrupción. Se espera que la ratificación en segunda votación de esta reforma se lleve a cabo en marzo de 2015. Debido a la magnitud de esta modificación legislativa, el presente editorial analizará meramente el extremo en donde se prevé la no reelección inmediata en base a los objetivos que pretende alcanzar.

Barreras