El jueves pasado, con 97 votos a favor, 0 en contra y 10 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó en primera votación un proyecto de reforma constitucional que en resumidas cuentas prohíbe la reelección inmediata de presidentes regionales y alcaldes. Es decir, tales funcionarios sólo podrán volver a postular transcurrido un periodo de gobierno. Asimismo, dicho proyecto plantea otras novedades como el cambio de denominación a los presidentes regionales, quienes deberán llamarse “gobernadores regionales” y, además, estarán obligados a concurrir al Congreso cuando se les requiera para dar cuenta de su gestión. Esta decisión ha sido aplaudida por el Jurado Nacional de Elecciones y el Tribunal Constitucional, señalando que la alternancia de poder sería pertinente para combatir la corrupción. Se espera que la ratificación en segunda votación de esta reforma se lleve a cabo en marzo de 2015. Debido a la magnitud de esta modificación legislativa, el presente editorial analizará meramente el extremo en donde se prevé la no reelección inmediata en base a los objetivos que pretende alcanzar.

Para empezar, es pertinente esclarecer lo que implica el proceso de reforma constitucional según nuestra Constitución Política. Conforme al artículo 206° de la Carta Magna, las iniciativas de reformas constitucionales sólo las pueden presentar el Presidente de la República (con aprobación del Consejo de Ministros), los Congresistas y un número de ciudadanos que representen el 0.3% de la población electoral. La reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros y ratificada mediante referéndum. No obstante, el referéndum puede ser omitido si el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con votación favorable y superior a los dos tercios del número legal de congresistas en ambas. Cabe acotar que en el proceso de aprobación de la reforma constitucional, no hay necesidad de que el Poder Ejecutivo haga una revisión de la misma.

Como toda modificación legislativa, este proyecto posee un trasfondo coyuntural en la medida que responde a la proliferación del fenómeno de la corrupción en los gobiernos regionales. Actualmente, los medios han señalado que 19 presidentes regionales se encuentran involucrados en cerca de 158 casos de corrupción, lo que ha generado una gran indignación y preocupación de la población a nivel nacional. Resulta curioso pues que un fenómeno que merece un análisis serio y minucioso sea objeto de una exposición de motivos que además, de ser bastante breve, es difusa. Y es que únicamente se menciona el peligro de que, mediante la reelección de las autoridades, se utilicen fondos del Estado para sus respectivas campañas políticas, corriéndose el riesgo de que o bien, no se utilice dicho dinero en obras públicas o, bien sea mal gestionado.

En pocas palabras, la finalidad de la pretendida norma es combatir la corrupción en gobiernos regionales para evitar que el dinero del Estado sea utilizado para fines privados, proselitistas. No hemos de desmerecer que la medida tiene un fin constitucionalmente legítimo que busca acabar con líderes caudillistas enquistados en el poder; el problema está en que una reforma constitucional que se centra en solo una parte de un problema muchísimo más complejo, además de ser genuina, podría incluso ser una agravante de la enfermedad. De acuerdo con Dargent, estas son algunas de las consecuencias que podrían generarse: “Probablemente lo que suceda es que los  corruptos se apuren en robar, pues solo tendrán un periodo para hacerlo.” No solo ello, pues como bien señala, esto pondrá fin a los incentivos “para que se adopten políticas de mediano y largo plazo”, y además, castigaría a “quienes buscan consolidar buenas gestiones y carreras políticas[1]”.

Definitivamente, un escenario como el nuestro hace imperante implementar otras reformas estructurales ex-ante que fortalezcan la capacidad del Estado en combatir la corrupción. En términos generales, podría darse desde dos frentes. En primar lugar, a través de un enfoque preventivo que cuente con un sistema democrático, transparente de partidos políticos; y en segundo, mediante una fiscalización y sanción efectiva del actuar de las autoridades. Con respecto a este segundo punto, Julio Arbizu, subraya la absoluta ineficiencia del sistema de Control Interno, en las regiones y, en general, en todas las instituciones. Por poner un ejemplo, los funcionarios de las oficinas de Control Interno dependen de la cabeza de la institución a la que controlan y de la cual deberían tener total autonomía. Además, se ha puesto en evidencia que el diseño de centralización tal cual está tampoco ha funcionado por la deficiente fiscalización en la ejecución de gasto que supuso un asunto de proporción[2]. Por si no fuera poco, hace falta una mejor gestión intrasectorial por parte de entidades como el Ministerio Público, el Poder Judicial o la Procuraduría que debieran de funcionar como un todo frente a tales casos.

Considerando lo señalado, esta casa editorial cree que si bien el proyecto de reforma constitucional podría evitar que los caudillos se perpetúen en el poder, ello no erradicaría el problema de fondo, ya que no impide que los mismos corruptos financien o dejen en el cargo a otro que avale un sistema ya corrompido. No olvidemos que tales actos no son cometidos meramente por quienes lideran estas organizaciones delictivas ya enquistada en el poder. Es necesario por eso, implementar reformas estructurales, y no adoptar decisiones populistas que sin duda serán de un efímero agrado a la población. Varias figuras ya han sido anunciadas. Incluso hay quienes sostienen la no reelección de congresistas. Ante ello, cabe cuestionarse: ¿Prohibir la reelección de dicha autoridad evitará que siga robando o es que acortará el tiempo para hacerlo?

 

[1] http://www.larepublica.pe/columnistas/politica-y-partidos/reforma-sin-sentido-25-10-2014

[2] Julio Arbizu: https://enfoquederecho.com/julio-arbizu-la-fiscalia-lejos-de-ser-el-organo-que-deberia-ser-es-decir-un-filtro-necesario-para-investigar-la-corrupcion-en-las-regiones-le-ha-dado-la-espalda-a-estos-casos/