2016

Entrevista a Renzo Grández: sentencia del TC sobre la inaplicación de intereses capitalizados y moratorios

La siguiente entrega es una entrevista de Enfoque Derecho a Renzo Grández, especialista en procedimientos tributarios del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Enfoque Derecho: Respecto a la sentencia del TC sobre la inaplicación de intereses capitalizados e intereses moratorios, ¿considera que este pronunciamiento es positivo? ¿De ser así, qué empresas podrán beneficiarse? Renzo Grández: Decidir apelar la deuda tributaria determinada por la SUNAT es una situación complicada, porque los contribuyentes deben prever que frente a un pronunciamiento desfavorable por parte del Tribunal Fiscal se verán obligados a pagar el tributo y la multa más los respectivos intereses moratorios, los cuales desde julio del año 2014 se computan por un plazo máximo de 12 meses, es decir, durante el plazo

Hacia una implementación efectiva del derecho a la salud de los pueblos originarios

Por Carlos Alberto Quispe Dávila, alumno de 5to año de Derecho en la UNMSM y asistente de docencia en el curso de Derecho Constitucional. Practicante pre-profesional en el Tribunal Constitucional del Perú. Asistente de Investigación en Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR). 1. Introducción Este trabajo surge de un cuestionamiento de aquellos enfoques que a nivel interno ciernen –directa o indirectamente– el marco internacional sobre derechos de los pueblos indígenas exclusivamente a la consulta previa. Esto puede deberse a múltiples factores, entre ellos, mi hipótesis es que ese punto de vista asume que la sola implementación del derecho a la consulta aseguraría la garantía y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas. Sin embargo, una visión como la planteada

Colombia: ¿la guerra o la paz?

La constante histórica de la civilización es que el ser humano ha vivido más años en guerra que en paz, según Toynbee.  Nos referimos no solo a las guerras internacionales, sino también a las guerras civiles y  los conflictos internos. Por eso modernamente, el Derecho Constitucional y en particular el Derecho Internacional han surgido como formas jurídicas de garantizar la paz y/o procesar el conflicto, mediante el establecimiento de un orden jurídico que reconozca derechos a los Estados, como libertades a los pueblos y a sus ciudadanos.  En la historia moderna, ante la imposibilidad de que unos Estados derroten a otros Estados durante las guerras de religión, por ejemplo, Maquiavelo en “El príncipe” buscó secularizar el poder de la autoridad,

Editorial | La ley universitaria detrás de los Juegos Panamericanos

Hace casi tres años, Lima fue escogida como sede de los Juegos Panamericanos que tendrán lugar en el año 2019. A pesar de los dos comités organizadores creados para la organización de este evento de gran magnitud, aún no se cuenta con un plan maestro de infraestructura conocido, ni con la ubicación de los lugares donde se llevarían a cabo estos eventos deportivos. Frente a esta situación, congresistas de la oposición han manifestado su voluntad para interpelar al Ministro de Educación. Ello con la finalidad de que este responda por el retraso en la organización de los Juegos Panamericanos. En este sentido, el presente editorial analiza la idoneidad de esta medida, y cuáles podrían ser los intereses detrás de ella.

Enfoque Semanal: del 2 al 8 de octubre

1. Antonio Guterres próximo Secretario General de la ONU El ex Primer Ministro de Portugal, Antonio Guterres, se perfila como el noveno Secretario General de la ONU luego de ser elegido de forma unánime por los embajadores del Consejo de Seguridad. Guterres, quien fue Primer Ministro entre los años 1995 y 2002, ha trabajado en la Comisión de Refugiados el año pasado. Esta elección del Consejo de Seguridad, sin embargo, es bastante criticada. En primer lugar, porque se esperaba que el próximo Secretario General fuese una mujer. En segundo lugar, porque se esperaba que el próximo Secretario General sea de Europa del Este, única región de la ONU que no ha sido representada en el cargo. Finalmente, ha sido criticado por

Unión de hecho en sede registral

Por el Mg. Gilberto Mendoza del Maestro. Profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Nuestro código civil regula la figura de la unión de hecho mediante la cual 2 personas, libres de impedimento matrimonial (unión de hecho propia), generan diversos efectos como la sociedad de bienes sujetas al régimen de sociedad de gananciales. Cómo se ha regulado en el ámbito Registral, es lo que vamos a abordar en el presente post. REGULACIÓN En nuestro ordenamiento, teniendo como antecedente el art. 9 de la Constitución de 1979, el actual art. 5 de nuestra Carta vigente regula la figura de la siguiente manera: “Artículo 5.- La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que

¿Es necesario que el Defensor del Pueblo sea abogado?

Por Uber López y Marcelo Castilla, miembros del Consejo Editorial de EnfoqueDerecho.com y estudiantes de la Facultad de Derecho de la PUCP. El pasado 29 de septiembre, el grupo parlamentario Peruanos por el Cambio —PPK—, a iniciativa del Congresista Juan Sheput y con la suscripción de Carlos Bruce, Vicente Zeballos, Mercedes Aráoz, Ana María Choquehuanca, Alberto de Belaúnde y Roberto Vieira, presentó un proyecto de ley de reforma constitucional que modifica los requisitos para el cargo de Defensor del Pueblo. Este proyecto propone, específicamente, la modificación del artículo 161 de la Constitución Política del Perú. Actualmente, este artículo prescribe: “Artículo 161.- Defensoría del Pueblo […] Para ser elegido Defensor del Pueblo se requiere haber cumplido treinta y cinco años de

El patrón del miedo y el plebiscito colombiano

Por Valerio Giancarlo Palomino Cama  y Mariafernanda Valdez Orezzoli, analistas de la Unidad de Psicología del Consumidor de PsychoLAWgy. “Es una victoria del miedo. No fuimos capaces de dar el paso. Volvimos al mismo punto de 1982, cuando se empezó a negociar [por primera vez] con las FARC”. Ana Cristina Restrepo, periodista y profesora universitaria[1] Tras aproximadamente cuatro años de negociaciones, el pasado agosto el gobierno Colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) suscribieron en La Habana (Cuba) el “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” con el objetivo de terminar una crisis que lleva más de sesenta años y que ha provocado aproximadamente 220.000 muertos en su mayoría

Entrevista a Antonio Peña Jumpa: a propósito de la última sentencia relacionada al Baguazo

Por Antonio Peña Jumpa, docente de Sociología y Derecho de la Facultad de Derecho de la PUCP y doctor por la Katholieke Universiteit Leuven de Bélgica.  ED: ¿Cuáles fueron los argumentos principales utilizados para absolver a las 52 personas entre indígenas y no indígenas de los delitos imputados por la Fiscalía que van desde Homicidio Agravado hasta Disturbios? APJ: En esta sentencia se ha absuelto a 52 personas. El proceso inició con 53, sin embargo una falleció. Además, esta sentencia hace referencia a 7 delitos, que van desde disturbios hasta los más graves, que pueden ser los de homicidio y lesiones graves. En realidad, lo que sustenta el tribunal es la falta de prueba para incriminarlos. Lo interesante es que

De la "curación" al reconocimiento: el derecho a la salud de las personas trans

Por Adrián Lengua Parra, estudiante de Derecho del último ciclo en la Facultad de Derecho de la PUCP, investigador del Grupo de Derecho, Género y Sexualidad (DEGESE) de la PUCP (https://www.facebook.com/degesepucp/), asistente de la Clínica Jurídica de Personas con Discapacidad de la PUCP y asistente de docencia en los cursos de Filosofía del Derecho y Argumentación jurídica en la misma casa de estudios. *El presente documento fue presentado en la I Jornada Nacional de Derechos Fundamentales organizado por Themis y la Facultad de Derecho de la PUCP. A lo largo de la historia, producto de diversos estereotipos y discursos alrededor de la sexualidad humana[1], las personas trans se han visto oprimidas, excluidas y discriminadas en el goce y ejercicio de