29 de agosto de 2019

Cinco críticas al Reglamento de Fiscalización y Sanción en la prestación de servicios y actividades de comunicaciones de competencia del MTC

Por Ramón Huapaya, profesor de Derecho Administrativo Económico de la PUCP y socio de CMS Grau a cargo del equipo de Derecho Administrativo y Regulación, y Oscar Alejos, asociado del mismo estudio e integrante de dicho equipo. El pasado 3 de agosto de 2019 se publicó, en el diario oficial “El Peruano”, el Reglamento de Fiscalización y Sanción en la prestación de servicios y actividades de comunicaciones de competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (“MTC”), aprobado por Decreto Supremo N° 028-2019-MTC (“el Reglamento”). El propósito de este post es resaltar cinco críticas al Reglamento, precisando que éste no es un análisis exhaustivo del Reglamento, de manera que queda mucho por comentar y hasta encomiar. La primera crítica se encuentra

¡El momento es ahora!: transición fuera de la LIBOR en contratos financieros

Por Ian Forsyth, asociado del estudio Garrigues. La tasa de interés interbancaria de Londres (LIBOR, por sus siglas en inglés) es la principal tasa de interés variable de referencia a la cual los principales bancos globales se prestan entre sí en el mercado interbancario internacional para préstamos a corto plazo. La LIBOR cotiza en múltiples monedas (siendo la moneda principal el dólar americano) y en múltiples fechas de vencimiento (e.g. un mes, dos meses, seis meses), utilizando datos reportados por bancos de referencia del sector privado que operan en el mercado interbancario. Hasta hace unos años, la LIBOR era globalmente aceptada como la tasa de referencia que indicaba los costos de endeudamiento entre bancos a tasa variable. La LIBOR formaba