16 de marzo de 2020

Entrevista a Cesar Landa | Estado de Emergencia

Entrevista realizada por Valeria Aguado, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, a César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional, docente en la Faculta de Derecho de la PUCP y especialista en Derecho Constitucional, sobre el Estado de Emergencia Nacional, decretado por el Presidente de la República, Martín Vizcarra, mediante Decreto Supremo N° 004-2020-PCM, a raíz del brote de COVID-19 en nuestro país. ED: Buenas tardes, estamos en comunicación con el doctor César Landa, ex magistrado del Tribunal Constitucional y especialista en la materia, quien nos explicará sobre la medida adoptada por el gobierno a raíz del COVID-19 ED: Buenas tardes, doctor.  CL: Muy buenas tardes, el día de ayer, 15 de marzo del 2020, el Poder Ejecutivo ha declarado el

Representantes del Poder Ejecutivo anuncian medidas complementarias frente al Estado de Emergencia

El presidente Martín Vizcarra comunicó, a través de una conferencia de prensa, las medidas adoptadas por el Estado de Emergencia Nacional, el cual, afirmó, se encuentra en vigencia desde el día de hoy. Asimismo, brindó información complementaria al Decreto e instó a la población a ser conscientes y cumplir con estos. Igualmente, el presidente comentó que, durante este primer día, se ha permitido la movilidad, con la finalidad de que las personas puedan ir conociendo y acatando la norma. Sin embargo, al mismo tiempo, felicitó a las instituciones públicas y privadas que no están funcionando.  El mandatario anunció que se generarán mecanismos de ayuda tangibles con el objetivo de no dejar en desamparo a la población vulnerable que se verá

El Estado de Emergencia Nacional en el Perú

Por Andrea Tafur, Bachiller en Derecho por la Universidad del Pacífico El Decreto Supremo No. 044-2020-PCM anunciado ayer por el Presidente de la República establece el estado de emergencia a nivel nacional por el periodo de 15 días, con la finalidad de hacer frente al COVID-19. Este es el segundo estado de emergencia a nivel nacional establecido por el Estado en lo que va del siglo XXI[1]. Esta medida se ampara en el artículo 137º de la Constitución Política, el cual establece las medidas de excepción aplicables en el territorio peruano, dentro de las cuales se encuentra al estado de emergencia como la medida idónea en caso de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación[2]. Hoy, esto se