16 de abril de 2020

Alternativas legales en épocas de crisis

Por Anthony Lizárraga Vera-Portocarrero, socio del Estudio Muñiz. La proliferación de la pandemia del Coronavirus (COVID-19) ha afectado a más de un país y el Perú no ha sido ajeno a ello, con el estado de emergencia declarado por el Estado varias empresas han entrado en una situación de crisis económica y/o financiera, lo cual genera el rompimiento de la cadena de pagos. Motivo por el cual, las empresas se ven en la necesidad de adoptar una serie de decisiones transcendentales para afrontar dicha crisis, entre ellas, la reestructuración de la compañía misma y/o el refinanciamiento de sus deudas; sin embargo, estas empresas suelen tener diversos acreedores, lo que dificulta la negociación con cada uno de ellos, ya que la

A un mes desde el primer caso reportado, otra regresión logística para el análisis de propagación del Covid-19 en el Perú

Por Gonzalo Moya, magíster en Economía de la San Jose State University y docente en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM. El 18/03 se publicó aquí un artículo mío escrito dos días antes, cuando entró en vigor el estado de emergencia nacional, mediante D.S. N°044-2020 del 16/03. Su propósito era justificar estadísticamente dicha medida de choque, proyectando la cantidad de contagiados en el tiempo si es que la cuarentena no se hubiese decretado. El mismo 18/03 entró en vigencia la inmovilización social obligatoria, mediante D.S. N°046-2020, que modifica el artículo 4° del D.S. N°044-2020 (es de hecho en el numeral 4.2 que se precisa el “toque de queda” de 8 p.m. a 5 a.m.). Ese día también se

La indefensión del ciudadano ante el régimen sancionador previsto durante la emergencia sanitaria (D. L. N°1458 y D.S. N°006-2020-IN)

Por Ramón Huapaya Tapia, profesor ordinario de Derecho Administrativo en la PUCP, miembro investigador del GIDA- PUCP y socio de CMS Grau, y Diana Attilano Flores, adjunta de docencia del curso Derecho Administrativo la Universidad de Lima y asociada del mismo estudio. En el contexto actual de emergencia sanitaria, el Gobierno dispuso diversas medidas de aislamiento social que buscan controlar la pandemia del COVID-19, a través de una declaración de estado de emergencia hecha vía Decreto Supremo y sucesivas normas modificatorias, ampliatorias y complementarias. Tal como advertimos en su oportunidad[1], el enforcement o mecanismo de cumplimiento para asegurar la vigencia de tales normas era exclusivamente penal, puesto que no existía un régimen administrativo sancionador. La cuestión es que desde que

La tutela de derechos como escudo frente a arbitrariedades: ¿Cuándo procede?

Por Juan José Rodríguez Hermoza, asociado del área penal del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. En estos tiempos de aislamiento social obligatorio, debido a la emergencia sanitaria que acontece, es el momento oportuno de hacer una reflexión sobre los problemas que aquejan a nuestro sistema de justicia para poder ver en qué estamos fallando y cómo podríamos mejorarlo. Como es de conocimiento de muchos, el Código Procesal Penal del año 2004 fue innovador en nuestro sistema de justicia al pretender instaurar un sistema de índole garantista adversarial que salvaguardase los derechos fundamentales que le asisten a todo justiciable en un proceso penal. Uno de los cambios importantes que trajo consigo el modelo acusatorio, fue la introducción de un mecanismo