13 de julio de 2020

Trabajar a toda costa

Luz Limachi, miembro ordinario de GEOSE y alumna de la Facultad de Derecho de la PUCP. En esta “nueva normalidad”, todas y todos nosotros hemos llevado a cabo más de una modificación en nuestras relaciones sociales, rutinas; y, en general en nuestro estilo de vida. Del mismo modo, a nivel mundial, las relaciones laborales se han visto en la necesidad de adaptarse. En ese sentido, en una típica relación laboral, se han tenido que modificar algunas condiciones como el horario e incluso la remuneración. Es así que, de un lado (en el mundo de trabajadores de empresas) se llevan a cabo estas modificaciones; del otro, muchos trabajos (generalmente los realizados de manera independiente) han tenido que MUTAR dadas las circunstancias.

Un retroceso en la aplicación del principio de culpabilidad

Por Ramón Huapaya Tapia, profesor de Derecho Administrativo Económico de la PUCP y socio de CMS Grau, y Oscar Alejos, asociado de CMS Grau e integrante del equipo de Derecho Administrativo y Regulación El principio de culpabilidad es un fantasma en nuestro derecho administrativo sancionador. Está ahí, pero no está; lo vemos a veces, pero se desvanece. Antes de su previsión expresa, se le invocaba sin éxito sobre la base de pronunciamientos del Tribunal Constitucional. Con su previsión expresa en la ley de procedimiento administrativo general (LPAG), se le invoca también sin éxito frente a las distintas administraciones públicas. En algunos sectores se niega su aplicación sobre la base de normas especiales que consagran un régimen de responsabilidad objetiva (medio

¿Por qué prohibir la postulación a cargos de elección popular a los sentenciados en primera instancia está mal?

Por Miguel Aspauza García, abogado asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, y máster en Criminología y Ejecución Penal por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona Durante las últimas semanas se ha venido discutiendo la iniciativa legislativa que busca impedir que los sentenciados por delitos dolosos en primera instancia puedan postular para ejercer cargos de elección popular o ser designados en cargos de confianza. En tales circunstancias, el 5 de julio del año en curso el Pleno del Congreso aprobó la modificación de dos artículos de la Constitución Política de 1993 para incluir esta prohibición. Como el título ya lo anticipa, este pequeño comentario tiene por finalidad exponer lo erróneo que es prohibir o impedir la postulación para ejercer cargos