18 de mayo de 2021

Editorial | Caso Plaza Vea: ¿consumidores razonables?

Por Enfoque Derecho Introducción Las nuevas tecnologías se han convertido en herramientas muy útiles para diversas actividades de la sociedad. Uno de los sectores más beneficiados es aquel que involucra a los consumidores y los proveedores de servicios y productos. Sin embargo, a pesar de que la tecnología puede ser una gran herramienta que beneficia las actividades económicas, también implica tomar nuevas medidas frente al cambio de la situación misma donde los consumidores y usuarios compran mediante internet, la cual trae una nueva serie de casos que varía nuestra visión del Derecho de protección a los consumidores. En esa línea, hace algunas semanas, las redes sociales hicieron tendencia un nuevo caso sobre consumidores y supermercados. Específicamente, los usuarios señalaban que

“¡Aguanta tu combi, Castillo!”: La importancia de contar con una autoridad de transporte urbano

Por Sheyla Llacza, Asociada de Rubio Leguía Normand  El candidato Pedro Castillo ha manifestado, durante mítines proselitistas, que pretende desactivar la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (“ATU”) en caso llegase a la presidencia, en tanto realizará “una verdadera reingeniería en el transporte” [1]. En el presente artículo, sin ninguna intención de hacer política, expresaré algunas ideas de por qué son importantes las autoridades de transporte urbano y, en consecuencia, no se debería desactivar la ATU sino, por el contrario, empoderarla. Autoridades de transporte urbano en el derecho comparado Para poner de manifiesto la importancia de las autoridades de transporte urbano, presentaré a entidades similares a la ATU en el derecho comparado, que han sido constituidas para organizar,

El ejecutor en la autoría mediata y la culpabilidad como presupuesto del delito

Por Paul Iriarte, miembro actual del Instituto de Defensa de los derechos fundamentales «Eugenio Raúl Zaffaroni» Introducción Como primera premisa, cabe destacar la importancia de la cognición y la voluntariedad exteriorizada de la acción, por constituir elementos trascendentales a los estratos del delito, y con mayor razón, al referir al ejecutor en la autoría mediata y la culpabilidad. Dado que, tradicionalmente la culpabilidad se erige en tercer estrato del delito, no obstante, a juicio del suscrito constituye presupuesto del mismo, puesto que, relegar su ubicación como tercer estrato, supondría afirmar delito sin evaluar si el sujeto es o no culpable. Por esa razón, la culpabilidad se erige en presupuesto del delito. Por tanto, el conocimiento potencial de la ilicitud se