8 de julio de 2022

Caso Emblemático | Tragedia en «Thomas Restobar»

#CasoEmblemático ? ¿Conoces la situación de los involucrados en el caso de la #discoteca «Thomas Restobar» en 2020? En esta entrega especial de Casos Emblemáticos, #EnfoqueDerecho resume los sucesos de la noche del 22 de agosto del 2020, en la que fallecieron 13 personas producto del descontrol durante una intervención #policial. Imágenes: Panamericana y Tv Perú. ¿Qué opinas de este caso? ▶️ ¡Déjanos tus comentarios!

Playlist de DDFF | Derechos de la Vida Privada

#DerechosFundamentales ? ¿Qué es lo que entiendes por #privacidad y #intimidad? ¿Sabes cuáles son las diferencias entre los derechos al #honor y la #buenareputación? Como parte de la #PlaylistDeDDFF, en la siguiente entrevista, Trilce Aguilar, abogada y profesora constitucionalista de la Universidad Católica San Pablo y Maestra en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, conferido con honores por la Universidad de Northwestern, nos responde estas cuestiones al describir su libro: «Derechos de la vida privada: Privacidad, intimidad, honor y buena reputación, autodeterminación informativa y secreto e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados», que forma parte de la colección «Los Derechos Fundamentales. Homenaje por el Bicentenario de la Independencia», de @palestraeditores. ¿Conocías el contenido de estos derechos? ▶️ ¡Coméntanos!

Ley No 31012 promueve el uso ilegal de la fuerza por la policía contra defensores de derechos humanos en contextos de protesta social

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP y coordinador del área de Litigio Constitucional de IDL Una de las normas que promueve la criminalización de la fuerza es la disposición única de la Ley 31012, al derogar el principio de proporcionalidad en el uso de la fuerza por parte de la policía nacional, el cual estaba reconocido en el artículo 4.1.c del DL 1186, que precisamente regulaba el uso de la fuerza por la policía. Esto en los hechos promueve el uso ilegal de la fuerza por parte de la policía contra defensores de derechos humanos, en contextos de protestas tienen cobertura normativa. ¿Cuándo estamos ante el uso arbitrario de la fuerza? El artículo 3.j del Reglamento del