
Una variante en el tipo subjetivo: normativizando el dolo e imprudencia
Por Luis Fernando Saucedo Gonzaga, estudiante de la Escuela Profesional de Derecho de la Universidad de Sipan y diplomado en Derecho Penal y Procesal Penal por la Escuela de Posgrado de la Universidad Católica de Trujillo. I. Ideas preliminares Desde una premisa normativa, postulo que, se debe entender al Derecho penal, con paradigmas epistemológicos, enfocados en categorías del “deber ser”, perteneciente a las ciencias culturales. El método que postulamos en el presente trabajo es: deductivo – teleológico. Abarcando de lo general a lo más específico, brindando un sentido normativo a lo subjetivo. En ese orden de ideas, Torres (2015) señala que, al Derecho solo le es de interés, la norma jurídica que respalda la vinculación entre Derechos y deberes, considerándose así,

