
[Parte 3] El principio de culpabilidad en el derecho administrativo sancionador: Especial referencia al régimen disciplinario de la ley del servicio civil
Por Godofredo Edison Ramos Rudas. Universidad Nacional de Huancavelica. Con estudios de Especialización en teoría del delito. Correo electrónico: rarugoedi@gmail.com. Id: https://orcid.org/0000-0003-4692-3372. Accede a la segunda parte de este artículo a través del siguiente enlace: https://enfoquederecho.com/2022/12/13/el-principio-de-culpabilidad-en-el-derecho-administrativo-sancionador-especial-referencia-al-regimen-disciplinario-de-la-ley-del-servicio-civil-2/ [Continuación] 7. Vinculación del principio de culpabilidad y razonabilidad como criterio de graduación de la sanción Otra de las dimensiones del principio de culpabilidad es su vinculación con el principio de razonabilidad, en cuanto a ello el Tribunal Constitucional expresó lo siguiente: “El segundo principio del que se deriva el principio de culpabilidad en el ordenamiento constitucional es el principio de proporcionalidad de las penas”. De igual manera, el supremo intérprete de la Constitución Política en el Pleno Jurisdiccional 003-2005-PI/TC, de 09 de agosto de
