18 de enero de 2023

La Fusión Inversa ¿Supuesto de Enajenación Indirecta?

Por Pablo Sotomayor. Socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. Recientemente, la SUNAT emitió el Informe No. 087-2022-SUNAT/7T0000 (el “Informe”), referido a un supuesto de enajenación indirecta de acciones de una empresa peruana en el contexto de una fusión inversa internacional. Como se recordará, según lo dispone la Ley del Impuesto a la Renta (IR), existe una enajenación indirecta de acciones peruanas susceptible de estar gravada en el Perú cuando se transfieren acciones de una empresa no domiciliada en el Perú que es propietaria -directa o indirectamente- de acciones emitidas por una empresa constituida en el país, siempre que