3 de noviembre de 2023

Derecho de preferencia: ¿Cómo interpretrarlo en transferencias indirectas?

Por Diego Carrión, Socio del área Mercantil, M&A y Private Equity del estudio Cuatrecasas. Master of Laws Harvard Law School. Licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. En la práctica comercial, es usual que los accionistas se otorguen derechos de preferencia ante la disposición sobre sus distintos activos (especialmente ante la posible disposición de sus acciones). Así, es usual que en los estatutos sociales o en acuerdos privados se regulen estos derechos de preferencia (y en la ausencia de estos acuerdos o disposiciones estatutarias, pueden aplicar supletoriamente el derecho de adquisición preferente regulado en la Ley General de Sociedades para los casos de transferencias de acciones). Sin embargo, ¿qué sucede cuando el derecho de preferencia es otorgado por