
¿Apelación del auto de enjuiciamiento? otra grave contrarreforma de la Ley N.° 32130
Por Cristhoffer Simon Borjas, abogado contratado del área penal del Estudio Muñiz Una de las reformas que trajo consigo la promulgación de la Ley N.° 32130 del 10 de octubre de 2024 fue la modificación del artículo 353, numeral 1, del Código Procesal Penal, quedando redactada del siguiente modo: Artículo 353° CPP. Contenido del auto de enjuiciamiento Resueltas las cuestiones planteadas, el Juez dictará el auto de enjuiciamiento. Dicha resolución es recurrible si no se encuentra debidamente formulada la imputación necesaria, identificando los hechos y los elementos probatorios que tienden a acreditarla o las observaciones asumidas en la etapa intermedia. Con la modificación del artículo 353° del CPP se habilita la impugnación del auto de enjuiciamiento cuando se afecte el
