
Derecho administrativo y ambiental: ¿Un punto de encuentro?
«La regulación ambiental se caracteriza por su énfasis preventivo. La lógica transversal es actuar de manera “ex-ante” para evitar que ocurran daños al ambiente; en ese sentido, el principio de prevención contenido en la Ley N.° 28611 establece como objetivos prioritarios de la gestión ambiental prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental».
