
Reticencia en la contratación de seguros: límites a la protección del consumidor
«El contrato de seguro descansa en el principio de máxima buena fe. Sin embargo, la protección al consumidor no es absoluta: encuentra su límite cuando se acredita que el propio asegurado actuó contra la buena fe ocultando información relevante. En estos casos, la reticencia o declaración inexacta dolosa puede determinar la nulidad del contrato, independientemente de que la información omitida guarde relación causal con el siniestro».








