2026

Reticencia en la contratación de seguros: límites a la protección del consumidor

«El contrato de seguro descansa en el principio de máxima buena fe. Sin embargo, la protección al consumidor no es absoluta: encuentra su límite cuando se acredita que el propio asegurado actuó contra la buena fe ocultando información relevante. En estos casos, la reticencia o declaración inexacta dolosa puede determinar la nulidad del contrato, independientemente de que la información omitida guarde relación causal con el siniestro».

La Reorganización de Sociedades

«De hecho, una de las instituciones jurídicas de mayor relevancia para permitir la eficiencia, la efectividad y mejor desenvolvimiento de las empresas en nuestro país en la denominada Reorganización de Sociedades. Reorganizar tiene dos acepciones, de acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española, las cuales son: (i) Volver a organizar algo y (ii) Organizar algo de manera más precisa y eficaz; precisamente, esta figura permite a una “Sociedad” modificar su organización a una transversalmente distinta a la original, de acuerdo a sus necesidades que surgen por el transcurso del tiempo.»

Hacer valer sus derechos: El artículo 63.1.b del Decreto Legislativo N° 1071 como vía de acceso al fondo del laudo arbitral

«El control judicial del laudo arbitral a través de la causal de ‘no poder hacer valer sus derechos’ no puede convertirse en una segunda instancia encubierta que reexamine el fondo de la controversia; la intervención de las cortes debe restringirse a cautelar la forma, la existencia de motivación y el respeto al derecho de defensa, preservando así la irrevisabilidad del criterio arbitral.»

Analizando El Caso | Josefina Miró Quesada: “Noelia Castillo»

#AnalizandoElCaso 🔎 ¿Qué tan razonable considera que el ordenamiento español otorgue legitimidad a terceros para cuestionar una decisión como la #eutanasia, que, por definición, es personalísima? ¿Cúal es el paradigma presente entre la legalización de la eutanasia y el derecho a la #vida al interior del marco normativo peruano? En la siguiente entrevista, Josefina Miró Quesada, abogada por la PUCP y máster en Criminología por la Universidad de Cambridge, participa en esta nueva edición de «Analizando el Caso», ello al abordar las tensiones #jurídicas del caso #NoeliaCastillo. Especialmente, profundiza alrededor del derecho a la vida y el acceso a contar con una muerte asistida digna. ¿Qué opinas sobre esta entrevista? ¡Déjanos tus comentarios! ⬇️

Cátedra Magistral | El uso de Inteligencia Artificial en la administración pública: Retos y oportunidades de la actuación administrativa automatizada

#CátedraMagistral 🎥 El pasado 7 de octubre, #EnfoqueDerecho estuvo presente en la II Cátedra Magistral: Inteligencia Artificial y automatización en la Administración Pública, un espacio que reunió a destacados especialistas para reflexionar sobre el impacto de la inteligencia artificial (#IA), sus aplicaciones y los nuevos retos que plantea su incorporación. Durante la jornada, se abordaron los avances de la #administración digital, los desafíos que supone la implementación de estas tecnologías y los cambios que exigirá su adopción en el sector público. Asimismo, participaron destacados especialistas como Marcos Vaquer, Diego Zegarra y Alberto Cairampoma, quienes compartieron sus reflexiones sobre las oportunidades y los retos que implica incorporar la inteligencia artificial en la #AdministraciónPública. Gracias por visualizar la cobertura de Enfoque Derecho.

¿Qué entendemos cuando hablamos de Criminal Compliance?

«Como hemos visto, el criminal compliance es, para una organización, mucho más que una buena práctica. Es una herramienta estratégica de defensa corporativa: cuando alguno de sus miembros comete un delito en el marco de sus actividades, lo que la empresa hizo antes para prevenirlo puede marcar la diferencia entre ser sancionada o no».

¿Cabe una exclusividad implícita en los contratos de distribución?

«Siendo así, resulta fundamental que las partes regulen de manera expresa y detallada los términos del contrato de distribución, dado que, como hemos señalado, bajo el ordenamiento peruano no existe una regulación que pueda aplicarse supletoriamente ante el silencio contractual, abriendo la puerta a debates y controversias como la existencia o no de la exclusividad implícita».