22 de abril de 2026

Protección de datos y riesgo penal: El nuevo frente de exposición empresarial

«La incorporación del artículo 12‑A es una herramienta valiosa si se usa para lo que fue diseñado, es decir combatir el tráfico y la clandestinidad de datos. Resulta acertado que el legislador haya previsto una excepción para evitar que el Derecho Penal criminalice ámbitos administrativos en contextos regulados y operativamente complejos como lo son los sectores bursátil, financiero, previsional o de seguros. Sin embargo, surge una advertencia importante, la excepción no debe convertirse en un argumento para normalizar campañas comerciales sin consentimiento u otra base legal».