5 de junio de 2026

Responsabilidad solidaria en consorcios con contabilidad independiente

Eduardo Pedroza,  asociado del área tributaria de Miranda & Amado Recientemente, mediante la Resolución No. 03975-11-2026, el Tribunal Fiscal estableció un criterio de observancia obligatoria en relación a la responsabilidad solidaria tributaria correspondiente a miembros de consorcios con contabilidad independiente. Esta resolución es relevante en tanto establece un criterio que deben observar aquellos quienes participen en este tipo de contratos, pues como consecuencia de este criterio, la SUNAT podrá imputarles responsabilidad solidaria por tributos impagos sin importar su porcentaje de participación en el contrato, las tareas que realizaba como parte de él, ni el nivel de intervención en la gestión administrativa o financiera dentro del consorcio. A partir de este criterio, los partícipes de este tipo de consorcios con contabilidad