Isabel Tello

Breves apuntes sobre el Decreto Legislativo N° 1352, en virtud del cual se amplía el conjunto de delitos respecto de los cuales se puede atribuir responsabilidad administrativa a las personas jurídicas

Isabel Tello, Asistente Legal del área de Solución de Conflictos del Estudio Grau, egresada de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú; autora de la columna “Criminal Law” del Portal Jurídico Enfoque Derecho; y, ex miembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil Themis.  El 09 de octubre de 2016 se promulgó la Ley N° 30506, Ley de Delegación de Facultades en el Ejecutivo; mediante la cual, se dispuso delegar facultades legislativas al Poder Ejecutivo en materia de seguridad ciudadana y lucha contra la corrupción, por el plazo de noventa (90) días. En ese sentido, el Poder Ejecutivo en mérito de esta delegación, el 6 de enero de 2017 publicó en el Diario Oficial “El Peruano”

La invocación indebida del principio "non bis in ídem" como argumento de defensa frente a la instauración de procesos disciplinarios por la comisión de infracciones al Código de Ética del Colegio de Abogados

Por Isabel Tello, estudiante de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, miembro del Área Procesal del Estudio Grau Abogados y ex miembro del Consejo Directivo de Themis. Hoy en día podemos constatar el incrementado número de sanciones disciplinarias por infracciones a los deberes del abogado, consagrados en el Código de Ética de Abogados. Este ligero pero valioso aumento en dicho porcentaje permite advertir la importancia que ha cobrado, en el imaginario colectivo de los peruanos, la vigencia de la Ética en el Derecho, reafirmando así, la consagración de los deberes que deben observarse en el ejercicio de esta profesión. Lamentablemente, en los últimos años, la “estrategia de defensa” frente a las denuncias disciplinarias ha sido invocar el principio

Acerca de la viabilidad de la imposición de una sanción disciplinaria por la configuración de una infracción al Código de Ética del Colegio de Abogados en situaciones caracterizadas por la ausencia de una relación de patrocinio

Por Isabel Tello, estudiante de último ciclo de Derecho de la PUCP, miembro del Estudio GRAU y ex miembro del Consejo Directivo de Themis. En el año 2014, Facundo Chinguel fue acusado de la comisión del delito contra la Administración Pública – Cohecho Pasivo[1] en la modalidad de Condicionamiento Funcionarial, por haber presuntamente otorgado conmutaciones de penas y otros beneficios penitenciarios a internos del Penal de Lurigancho -que purgaban condena por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas y que, en su mayoría, pertenecían a Organizaciones Criminales- cuando sus solicitudes no contaban con todos los requisitos establecidos por la ley para su concesión, a cambio de sumas de dinero que bordeaban los 5 mil dólares y 10 mil dólares por

Claus Roxin y la autoría mediata en aparatos de poder organizado a propósito de la condena al ex presidente Alberto Fujimori

Escrito por Isabel Tello Carbajal, ex directora de la Comisión de Cursos y Capacitaciones de THEMIS, ex coordinadora general de la Comisión de Arte & Derecho PUCP y ex asistente de docencia del Curso de Procesal Penal con el Dr. César San Martín Castro y el Dr. Joel Segura Alania. Los inicios del Derecho Penal Internacional se caracterizaron por una visión estatalista, en la medida que se consideraba al Estado como único sujeto de derecho internacional y, en virtud de ello, solo él podía ser objeto de derechos y obligaciones en el ámbito internacional. No obstante, gracias a la evolución de esta rama es que el Derecho Penal internacional atravesó un proceso de humanización cuyo resultado fue el reconocimiento de