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Todos contra la SUNEDU: un lamentable proyecto de ley contra la reforma universitaria

Por Gonzalo J. Monge Morales, Ex Editor General de THĒMIS-Revista de Derecho. Asociado del Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International. Adjunto de Docencia del curso «Derecho Procesal Constitucional» del Dr. César Landa Arroyo[1]. La guerra contra la reforma universitaria ha reiniciado. Y esta vez tienen mayoría en el Congreso. Quienes consideramos que la educación universitaria es un derecho fundamental y que el Estado tiene el deber de asegurar mínimos de calidad nos sentimos ganadores con la victoria en estas dos batallas: 1.- La entrada en vigencia de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el 10 de julio de 2014. Hasta el día anterior, quienes se encargaban de supervisar la calidad de la educación superior universitaria eran la Asamblea

Enfoque Semanal: del 23 al 29 de octubre

1. La elección de los directores del Banco Central a cargo del Congreso De acuerdo al artículo 86 de la Constitución, “El Banco (Central de Reserva) es gobernado por un Directorio de siete miembros. El Poder Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a éste y elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.” Respecto a los cuatro directores a cargo del Poder Ejecutivo, en agosto del presente año eligió como directores del Banco Central de Reserva del Perú (BCR) a Julio Velarde Flores –quien ha presidido desde el año 2006 el directorio- , Gustavo Adolfo Yamada Fukusaki –director desde el año 2013- , Javier Alfredo Escobal D’Angelo y

"Reverse Termination Fees" en contratos de fusiones y adquisiciones

Por Sergio García Long, abogado summa cum laude por la PUCP, adjunto de Docencia en la misma casa de estudios, autor del libro «Un Big MAC por favor: La cláusula MAC en fusiones y adquisiciones” y asociado del Estudio Fernández & Vargas Abogados. ¿Qué es el «reverse termination fee»? El reverse termination fee es un derecho de salida que se pacta en favor del comprador en las compras apalancadas de empresas (leveraged buyout). En simple, las compras apalancadas (en términos financieros “apalancamiento” significa deuda) consisten al menos en dos contratos: (1) un contrato para adquirir al target (compañía objetivo) entre el comprador y el vendedor, y (2) un contrato de financiamiento entre el comprador y el banco. El objetivo de conseguir

¿Lucha contra la corrupción?

Por Ariana Bassino, abogada por la PUCP y socia del Estudio Roger Yon & SMB. En los planes de gobierno de los tres partidos políticos con candidatos presidenciales que obtuvieron el mayor porcentaje de votos en las últimas elecciones, la lucha contra la corrupción ocupaba un lugar privilegiado. Se mencionaba incluso como eje de reforma del Estado y se hablaba de una crisis en la administración pública y de justicia. Con dos de estas agrupaciones políticas liderando dos de los poderes del Estado -ejecutivo y legislativo- las medidas contra la corrupción parecían no tardar en llegar, más aún cuando el ejecutivo manifestó su interés en solicitar facultades al Congreso de la República para legislar en diversas materias, incluida la lucha

Entrevista a César Puntriano: "En ningún momento se abrió la puerta para una reducción de sueldos injustificada"

En esta oportunidad, Enfoque Derecho entrevista a César Puntriano Rosas, abogado por la PUCP y socio del estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Olaya Abogados en torno al reciente fallo emitido por la Corte Suprema, que establece supuestos en los que podrá reducirse la remuneración del trabajador.  Enfoque Derecho: ¿Cuál es el principal cambio que se establece con este fallo de la Corte Suprema? César Puntriano: A diferencia del fallo anterior, que es relativamente reciente, lo que está haciendo la Corte Suprema es establecer que la rebaja remunerativa únicamente procede en caso exista un acuerdo de partes, tanto en un acuerdo individual como en uno colectivo. Anteriormente, la Corte había señalado, en la Casación 489- 2015, que se podía, de manera excepcional,

Reputación, inbound marketing y branding: los estandartes del marketing jurídico durante el 2016

Por Marc Gericó, Managing Partner de Gericó Associates.  El sector legal sigue en constante (re)evolución. Prueba de ello es la noticia del 14 de enero del diario anglosajón The Telegraph, que describía cómo un estudiante emprendedor ha construido un robot abogado que presenta reclamaciones de forma gratuita en nombre del cliente. También Jerry Kaplan, miembro del Stanford Center for Legal Informatics y autor de “Humans Need Not Apply: A Guide to Wealth and Work in the Age of Artificial Intelligence”, ha hablado sobre cómo los abogados podrían en un futuro perder sus trabajos y ser sustituidos por máquinas. Este escenario se repite cada vez con más frecuencia en el sector legal, como el proceso de comoditización que empezaba a sufrir el mercado de servicios

Entrevista a Ricardo Soberón sobre la regulación de la marihuana

En la presente entrega, Enfoque Derecho entrevista a Ricardo Soberón, abogado, fundador y ex-director del Centro de Investigación “Drogas y Derechos Humanos” (CIDDH). Además, es profesor universitario, analista y consultor en asuntos de políticas de control de drogas en la región andina, asuntos de seguridad y fronteras, y asesor de organizaciones campesinas de productores cocaleros. ED: A grandes rasgos, ¿cómo se encuentra regulado el uso de la marihuana en nuestro país? RS: El tema del uso del cannabis en el Perú está regulado bajo la perspectiva de la Política Criminal, bajo el supuesto de la no sanción a la posesión del uso personal siempre y cuando la cantidad no exceda el límite permitido, que son 8 gramos.  Desde 1991, el Código Penal y

¿Está Perú obligado a reconocer solo 12 millas marinas como mar territorial ante la comunidad internacional?

Por Raymar Villena Chumbiauca, abogado, egresado de la maestría en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Resolución de Conflictos con mención en Defensa Nacional por el Centro de Altos Estudios Nacionales. Docente de la Universidad Privada Telesup. En enero de este año se han cumplido dos años de que la Corte Internacional de Justicia – CIJ emitiera el fallo que  resolvió el diferendo marítimo Perú c. Chile. Sin entrar en detalles sobre dicho fallo, analizaremos brevemente si Perú está obligado a reconocer las estipulaciones de La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), en lo concerniente a la extensión y características de lo que tradicionalmente ha denominado “su mar territorial”. ANTECEDENTES En el contexto del artículo 54º de

Hacia una implementación efectiva del derecho a la salud de los pueblos originarios

Por Carlos Alberto Quispe Dávila, alumno de 5to año de Derecho en la UNMSM y asistente de docencia en el curso de Derecho Constitucional. Practicante pre-profesional en el Tribunal Constitucional del Perú. Asistente de Investigación en Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR). 1. Introducción Este trabajo surge de un cuestionamiento de aquellos enfoques que a nivel interno ciernen –directa o indirectamente– el marco internacional sobre derechos de los pueblos indígenas exclusivamente a la consulta previa. Esto puede deberse a múltiples factores, entre ellos, mi hipótesis es que ese punto de vista asume que la sola implementación del derecho a la consulta aseguraría la garantía y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas. Sin embargo, una visión como la planteada