Proyecto de Ley que prorroga exoneraciones del IR
Proyecto de Ley que modifica art. 157° del Código Tributario
Proyecto de Ley sobre detención por flagrancia al manejar ebrio
Nuestras Firmas: Entrevista a Enrique Pasquel
Yo postulé a Themis porque quería tener la oportunidad de hacer algo distinto que solamente estudiar Derecho. La revista te daba la oportunidad de hacer un montón de actividades sumamente interesantes. Era la oportunidad de explorar varias cosas.
Histeria Bélica: "El conflicto colombiano y la justicia transicional", por Andrea Díaz
En esta entrega de Histeria Bélica, Andrea Díaz, Abogada por la PUCP y candidata a Doctorado por la Universidad de Lovaina, analiza el conflicto colombiano y la justicia transicional.
El precedente vinculante en el caso Huatuco: Entrevista a César Landa
En el caso Huatuco Huatuco, el TC establece como precedente vinculante en materia laboral del sector público que los procesos de reposición de empleados de este sector deben ser declarados improcedentes cuando se verifique que el demandante no ha ingresado por concurso público a una plaza presupuestada y no existe una vacante de duración indeterminada. En estos casos, el proceso se reconducirá a la vía ordinaria para que el demandante pueda solicitar la indemnización que le corresponda.
Entrevista a Abraham Siles: Estado de emergencia en Islay
El estado de emergencia es una de las formas de régimen de excepción previstas en la Constitución, pues supone que haya una situación de anormalidad constitucional. En realidad, la exigencia para que pueda aplicarse el estado de emergencia es que haya una amenaza existencial contra el Estado. El artículo 137, inciso 1, de la Constitución estipula las causales, que son: perturbación de la paz o del orden interno, catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En cualquiera de estas causales tiene que estar afectada la vida la nación para que exista legitimidad constitucional en la proclamación del estado de emergencia.
Sentencia del Tribunal Consti. EXP. N° 05057-2013 PA/TC
La comunidad nativa “Tres Islas” de Madre de Dios y la lucha por su libre determinación
El 11 de setiembre de 2012, el Tribunal Constitucional del Perú (TC) emitió una sentencia histórica a favor de la Comunidad Nativa “Tres Islas”[1] de Madre de Dios (EXP. N° 01126-2011-HC/TC) reconociendo sus derechos a la autonomía, libre determinación y propiedad territorial[2]. Sin embargo, las autoridades de Madre de Dios se negaban a ejecutar íntegramente dicha sentencia. Ello llevó a que la presencia de terceros no autorizados, como mineros y taladores ilegales, aumente en todo el territorio de la comunidad, alterando la forma de vida de la Comunidad y degradando su territorio y recursos naturales. Debido al uso de metales pesados como el mercurio en las actividades mineras ilegales, el hábitat y los miembros de la Comunidad terminaron contaminándose.
