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Uso de medios de pago y su relevancia tributaria

Nicolas Valverde Casas, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT, asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado. El correcto cumplimiento de la normativa sobre medios de pago es esencial para evitar inconvenientes en materia tributaria. En efecto, su incumplimiento acarrea, por ejemplo, la imposibilidad de deducir gastos para la determinación del Impuesto a la Renta (“IR”) empresarial o la pérdida del costo computable sobre los activos o inversiones, ya sea de personas o empresas.  En ese sentido, conviene preguntarse primero ¿qué se entiende por medios de pago? La utilización de medios de pago se encuentra regulada en la Ley No. 28194 – Ley para la Lucha contra la

El saldo a favor del exportador en peligro

Eduardo Pedroza, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Recientemente, la bancada de Perú Libre ha presentado en el Congreso de la República el Proyecto de Ley No. 2023/2021-CR, a través del que se pretende modificar diversos artículos de la Ley del IGV en relación a la inaplicación del IGV a algunas exportaciones y la utilización del saldo a favor del exportador. Más allá de la manifiesta falta de criterio técnico de este Proyecto, y la poca claridad con la que ha sido redactado, aprovechamos para repasar brevemente lo que establecen las normas relativas al saldo a favor del exportador (“SFE”) para así entender un poco de su funcionamiento

Intereses Amparados

Por Pablo Sotomayor, socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. En las recientes semanas hemos visto publicadas diversas sentencias del Tribunal Constitucional que declaran fundada la inaplicación de intereses moratorios en el caso de procedimientos tributarios donde la administración tributaria -léase la SUNAT y el Tribunal Fiscal- excedieron los plazos legales para resolver. En esta nota pretendemos comentar el contexto de estas resoluciones, sin entrar a discutir los detalles y procedencia de los procesos constitucionales que han culminado en las sentencias materia de comentario. Como se sabe, actualmente el artículo 33 del Código Tributario señala que el monto del

Y la Asociación en Participación, ay siguió muriendo

Por Luis Miguel Sánchez, abogado por la Universidad de Lima y asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT y del International Fiscal Association – IFA.  Aún recuerdo los cuadro-resumen que usábamos en el curso de Corporativo, donde sintetizábamos en exquisitos textos todas las características de cada tipo de sociedad, de reorganización; y, finalmente, de contrato asociativo. Terminó el curso y pensé que ya no había nada más que discutir; no obstante, el Derecho Tributario me dio la grata oportunidad de redescubrir cada uno de estos conceptos, en especial el de la Asociación en Participación. Y es que el contrato de Asociación en Participación desató durante las últimas dos décadas,

Los derechos de los contribuyentes frente a las modificaciones al Código Tributario

Escrito por Talía Díaz, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT y asociada del estudio Miranda & Amado. En estas semanas se espera que la Presidencia del Consejo de Ministro apruebe y publique diversos decretos legislativos en materia tributaria de conformidad con las facultades legislativas delegadas el 27 de diciembre por la Ley 31380. Hasta la fecha de redacción de este artículo, ya se han publicado 14 decretos legislativos en materia tributaria, pero aún quedan temas pendientes de legislar. Entre estos temas pendientes hay varios que podrían implicar modificaciones mayores a las reglas tributarias: tanto materiales cómo procedimentales. En este artículo, me permitiré comentar algunos de estos cambios y posibles

La Corte Suprema versus el Tribunal Fiscal: La naturaleza tributaria del canon por uso de espectro radioeléctrico

Por Pablo Sotomayor Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. Socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Recientes Sentencias de la Corte Suprema han señalado que el Tribunal Fiscal no es competente para conocer de controversias vinculadas al canon anual por el uso del espectro radioeléctrico a que se refiere la Ley de Telecomunicaciones y su reglamento (el “Canon”), al concluir que dicho concepto no tiene naturaleza tributaria. A continuación, repasaremos los principales aspectos de esta controversia -que enfrenta posiciones diametralmente opuestas del Tribunal Fiscal y del Poder Judicial– y plantearemos algunos de los principales efectos que se desprenden de estos fallos. La obligación de pago

Los criterios de habitualidad y la posición de la Corte Suprema en la utilización de servicios por personas naturales

Por Ricardo Carrasco, Asociado del Área Tributaria del estudio Miranda & Amado Según la exposición de motivos del Proyecto de Ley antes señalado, la finalidad de esta propuesta es adaptar la Ley del IGV para “contar con un mecanismo que permita una adecuada tributación de estos nuevos modelos de negocio, buscando garantizar un tratamiento neutral, simple y eficiente, eliminando cualquier tratamiento asimétrico que pudiera generar su falta de regulación, específicamente cuando se trata de un consumidor final que tiene la naturaleza de persona natural.”  Esto no solo pone en evidencia las dificultades existentes en la legislación del IGV para garantizar una correcta recaudación en la utilización de servicios, sino también invita a hacer una reflexión sobre los retos que enfrentan

La Caja de Pandora: ¿soy un evasor por tener una offshore en un paraíso fiscal?

Por Luis Miguel Sánchez Bao, asociado de Miranda & Amado. En los primeros ciclos de la facultad de Derecho uno aprende que ciertos “mitos” o “verdades absolutas” en realidad tienen una explicación lógica y que, sin mucho esfuerzo, son fáciles de confirmar y/o hasta rebatir[1]. Por ello, mientras avanzamos en la carrera y empezamos a dudar de todo lo que nos dicen o creíamos conocer, por vernos en la necesidad de armar nuestras propias opiniones, aprendemos a revisar meticulosamente los hechos observados y tomamos posición sobre casos o situaciones que antes dábamos como incuestionables. De esta forma, pasamos gran parte de la carrera aprendiendo a investigar y sustentar nuestras opiniones legales, basándonos no sólo en los hechos que podamos cuestionar,

¿Cuándo tengo que tributar en el Perú? El Impuesto a la Renta, las personas naturales y la residencia fiscal

Por Talía Díaz Rodríguez, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociada de Miranda & Amado Me parece que es común, o al menos personalmente así me sucede, que los individuos (también referidos como personas naturales) no suelen pensar sobre su situación tributaria hasta que no resulta totalmente indispensable. Sin embargo, en algunos casos, puede ser recomendable hacer un esfuerzo adicional y tener un poco de previsión respecto a posibles cambios a dicha situación. Uno de esos casos es el cambio de país de residencia. Ya sea que ese cambio sea temporal o permanente; por estudios o por trabajo. O, ya sea que ese cambio tenga o no, finalmente, efectos tributarios. No está de más tomarse unos minutos y