María Eugenia Yabar

Estabilidad: Imán de Inversiones

En un país tan variopinto como el Perú, y no me refiero únicamente al colorido de su naturaleza o a la diversidad de razas que nos une; sino también, a la gran diversidad de ideas e interpretaciones de la realidad peruana que muestra tener nuestra clase política, lograr un acuerdo sobre lo más conveniente es difícil (aunque no pierdo la esperanza que sea posible). Ello puede disuadir a un inversionista. Esta diversidad quedó claramente demostrada en cada una de las propuestas presentadas por los candidatos a la Presidencia del Perú. Tenemos propuestas desde estatistas hasta de libre mercado, pasando por el no muy atractivo chicote. Propuestas de todos los colores y para todos los sabores. Cada propuesta se encuentra respaldada

Retroceder nunca, rendirse jamás

Este noviembre fue presentada la nueva versión del portal web “Enfoque Derecho” en el Auditorio de Derecho de la PUCP. Presentación que no sólo hizo gala de una buena organización, sino también de un buen contenido en los temas que fueron tratados por los diferentes asistentes. Variopintos temas fueron discutidos y a raíz de todo lo escuchado, pensaba en la facilidad con que muchos encuentran justificaciones y excepciones con el fin de transgredir principios constitucionales. Primacía del corto plazo. Como bien sabemos los que estamos relacionados al mundo del derecho y deberíamos procurar que los que no lo están lo sepan; la Constitución es nuestro cuerpo legal supremo, el más importante al estar en el primer lugar de la pirámide

¿Un paso adelante o un paso atrás?

Durante nuestras recién celebradas Fiestas Patrias, se publicó la Ley Nº 29566 “Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias”, que en su artículo 2º contempla la inserción del artículo 52-A en la Ley General de Sociedades (LGS), referido al derecho que poseen los accionistas para solicitar información de la sociedad fuera de la Junta General de Accionistas (JGA). De acuerdo a dicha modificación, hoy en día cualquier accionista o grupo de ellos que juntos representen no menos del 5% del capital pagado de la sociedad, podrán solicitar información de la sociedad y sus operaciones en cualquier momento, salvo que se trate de información reservada o cuya