Actualidad

Nos tocan y no pasa nada

Por Kiara Bazán Santillán, alumna de la facultad de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. “Sentí que debía darle un escarmiento. Saqué la botella con gasolina que tenía en mi mochila. Me acerqué. Yo solo quería echarle en la cara pero el bus se movió y se esparció en todo su cuerpo. Mi brazo izquierdo también se prendió. Lo apagué. Corrí tres cuadras, me saqué la polera. Tomé un taxi que me cobró 60 soles hasta mi casa. Llamé a mi hermana para que me recoja en el hospital EsSalud. Le confié la verdad de lo que había sucedido” Según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el 2017 hubo 121 casos

Eliminación de la inmunidad parlamentaria: Proyecto de Ley N° 2613

Por: Roy Irribarren, alumno de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho Artículo 93 de la Constitución. “[…] No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento.” Artículo 16

Entre la fuerza y el Derecho: precisiones legales en torno a la intervención militar en Siria

Valeria Reyes, abogada por la PUCP e investigadora en el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la misma universidad, y Alessandra Enrico, bachillera en Derecho por la PUCP y consultora externa en la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores. El uso de armas químicas en Siria Durante la última semana, la comunidad internacional ha sido testigo de la existencia de indicios importantes en relación con el uso de armas químicas en la localidad de Duma, Siria. Sin embargo, no es la primera vez que en este conflicto armado se pone en evidencia la utilización de este medio prohibido por el Derecho Internacional contra la población civil. Basta remontarnos a finales del año 2012, momento en el

¿Es aceptable jurídicamente una gendarmería fuera del Derecho Internacional para el caso sirio?

Por: Pablo César Rosales Zamora, magíster en Ciencia Política y Gobierno con mención en Relaciones Internacional por la Pontificia Universidad Católica del Perú y profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres. En pleno desarrollo de la VIII Cumbre de las Américas, el presidente de los Estados Unidos acaba de autorizar el ataque a Siria por un supuesto uso de armas químicas en Duma, atribuible al gobierno de Bashar Al Assad. La realización de este operativo no la hace aisladamente, sino en coalición con Francia y Reino Unido. ¿Este comportamiento es compatible con el Derecho Internacional? La respuesta es negativa, porque supone la violación del artículo 2, párrafo 4, de

Comentarios en torno a la Comisión de Ética del Parlamento y el proyecto de ley N. 1023

Por Astridt Chuy, alumna de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. Luis Yika, congresista fujimorista, se inscribió al Seguro Integral de Salud (SIS) Emprendedor, pese a que no cumplía con los requisitos. Betty Ananculi, parlamentaria fujimorista, presentó actas académicas con firmas que sus presuntos autores desconocen. Yesenia Ponce, parlamentaria de la misma bancada, presentó un certificado de estudios comprado para acreditar sus estudios de nivel primario. Todos ellos fueron exculpados por la Comisión de Ética del Parlamento, archivándose sus denuncias y haciendo resurgir el debate de si esta Comisión necesita una completa restructuración. Sin duda, la mayoría fujimorista en el Parlamento ha convertido a las Comisiones en otra herramienta más de control del poder, carentes, en

¿Tratados comerciales vs derechos indígenas? El caso de la Comunidad Sawhoyamaxa del Pueblo Indígena Enxet-Lengua de Paraguay y la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Por Carlos Elguera Alvarez, abogado por la Pontifica Universidad Católica del Perú (PUCP) y candidato a LLM en American University Washington College of Law El 29 de marzo de 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia a favor de la comunidad indígena Sawhoyamaxa del Pueblo Enxet-Lengua en Paraguay. Este caso, junto a los casos de las comunidades indígenas Yakye Axa del 2005 y Xakmok Kaxek del 2010, abordó la situación de comunidades en Paraguay que perdieron sus tierras tradicionales por causas ajenas a su voluntad en diversos periodos de tiempo. Considerando las particularidades de cada caso, la Corte IDH abordó, entre otros, el derecho de recuperación de las tierras ancestrales de las comunidades, las cuales