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Propiedad no es desregulación: El error conceptual en el caso del puerto de Chancay

Oscar Nicolás Alarcón Cuti, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Máster en Análisis Económico y Políticas Públicas por la Universidad de Salamanca, España. Profesor de Derecho de la Competencia y Propiedad Intelectual en la Universidad Privada del Norte. Ha brindado servicios profesionales en el ámbito de la regulación de infraestructura de transporte. 1. Introducción En julio de 2025, la empresa COSCO SHIPPING PORTS CHANCAY PERÚ S.A. (en adelante, COSCO) interpuso proceso constitucional de amparo contra el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRÁN), solicitando que se abstenga de ejercer sus facultades de regulación, supervisión, fiscalización y sanción respecto de sus operaciones en el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay. COSCO, empresa dedicada

La dignidad humana como límite a la amnistía: el control difuso y la supremacía de los derechos humanos frente a la ley N.° 32107

“Las múltiples decisiones judiciales que se aproximan deben ver en el control difuso una herramienta que no solo es útil tanto para proteger la primacía constitucional a través de su accionar como jueces, sino que también muestra la urgencia de contar con una regulación clara que impida el uso arbitrario de amnistías e indultos que no sean otra cosa que la firme expresión de la impunidad, como ha ocurrido ya en la historia del Perú”.

Blogger | Denis Philippe: La buena fé en Bélgica, Fráncia y Luxemburgo

#DiálogoJurídico 🌍 ¿Qué se entiende por el principio de #buenafe? ¿De qué manera se aplica este principio en los sistemas de #DerechoContinental y en el #CommonLaw? En la presente entrevista, Denis Philippe, profesor en la Universidad de Lovaina y docente visitante en la Universidad de París Ouest, así como abogado colegiado en Bruselas y Luxemburgo y socio director de Philippe & Partners, analiza el concepto de la buena fe #contractual en Bélgica, Francia y Luxemburgo, enfatizando especialmente en sus distintos ámbitos de aplicación dentro del derecho continental. ¿Qué opinas de este análisis internacional? ¡Déjanos tus comentarios! ➡️ https://youtu.be/BnwmuxFb3DQ

Episodio 2 | El vacío académico en las facultades de derecho del Perú

«Cuando pienso en mis años de formación en el Perú, lo que más recuerdo no es lo que se dijo, sino lo que nunca se dijo. Ese silencio del aula, esa ausencia de Derecho Penal Internacional (DPI), de Tribunales Internacionales, de Corte Penal Internacional (CPI), es el origen de muchos de nuestros errores».

Editorial | Flexibilización laboral en Argentina: ¿Reforma necesaria o retroceso en la protección del trabajador?

Por Enfoque Derecho 1. Introducción En Argentina, la protección del trabajador se ha estructurado históricamente sobre la base de un conjunto de principios tuitivos destinados a corregir la desigualdad propia de la relación laboral. Sin embargo, la promulgación de la denominada Ley de Modernización Laboral (Ley 27.802), mediante el Decreto 137/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026, ha reabierto un debate central en torno a la compatibilidad de ciertas reformas estructurales con los fundamentos del constitucionalismo social vigente. La norma introduce modificaciones de alcance transversal en el régimen laboral argentino, alterando institutos centrales del derecho individual y colectivo del trabajo que se encontraban consolidados desde la Ley de Contrato de Trabajo de 1974 (en

La legítima defensa y su función en el sistema jurídico penal

«La legítima defensa no solo opera como una excepción a la regla general que prohíbe causar daño, sino que también expresa un principio fundamental del sistema jurídico: nadie está obligado a soportar lo injusto. No obstante, su aplicación no es automática, sino que exige el cumplimiento estricto de determinados requisitos. En particular, debe acreditarse la existencia de una agresión actual, real e ilegítima; la necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; y la ausencia de provocación suficiente por parte de quien hace la defensa».

Fiscalización Tributaria a las entidades sin fines de lucro en el Perú: ¿Control necesario o riesgo para la acción social?

«La discusión, por tanto, no debería centrarse en si estas entidades pueden o no realizar actividades generadoras de ingresos (de rentas), sino en si los recursos obtenidos se destinan efectivamente al cumplimiento de sus fines institucionales. Si el propósito de la exoneración es fortalecer el trabajo de organizaciones que contribuyen al bienestar colectivo, la regulación y su interpretación deberían acompañar esa realidad, ofreciendo mayor claridad y seguridad jurídica».

Aplicación supletoria de normas del concurso ordinario al concurso preventivo: ¿Aplicando las mismas normas a juegos diferentes?

«Si bien tiene que observarse la no vulneración a los principios del ordenamiento concursal no debe perderse de vista la finalidad de los procedimientos regulados por la LGSC: la búsqueda de la eficiencia en los procedimientos concursales preventivos, toda vez que no tendría sentido aplicar supletoriamente una norma que reste eficiencia o convierta en eficiente a los procedimientos concursales».