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Propuestas de nueva regulación para la toma de acuerdos en sociedades u otros vehículos jurídicos debido al COVID-19

Por Joe Navarrete, abogado por la UNMSM y asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Introducción El domingo 15 de marzo de 2020, ante el avance del COVID-19 en la República del Perú, el Poder Ejecutivo dispuso, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N.º 044-2020-PCM, declarar el Estado de Emergencia Nacional por “el plazo de quince (15) días calendario, y dispóngase el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19” (el “Estado de Emergencia”). En el marco de lo anterior, se estableció que, durante el Estado de Emergencia, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a

Matar moscas con cañones: apuntes sobre la validez jurídica de controlar protestas sociales mediante estados de emergencia

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y coordinador del Área de Justicia Constitucional del Instituto de Defensa Legal, y Álvaro Másquez Salvador, bachiller en Derecho por la Universidad de San Martín de Porres y especialista legal e investigador del Área de Justicia Constitucional del Instituto de Defensa Legal. Introducción Parte de la estrategia a la que los gobiernos han recurrido durante los últimos años para el control de las protestas sociales es el empleo de estados de emergencia. Un caso emblemático es el de las comunidades campesinas quechuas en las regiones de Apurímac y Cusco, a lo largo del Corredor Vial Sur, afectadas por los proyectos de transnacionales mineras. La población indígena reclama

Un breve análisis del Devengo para fines del Impuesto a la Renta en el caso de bonificaciones para trabajadores

Por Walther Belaunde, socio fundador en DAMMA Legal Advisors El Decreto Legislativo N° 1425 publicado en septiembre de 2018 y vigente a partir del ejercicio 2019 modificó, entre otros, el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta (en adelante, la “LIR”), que regula el ejercicio gravable para fines del Impuesto y la forma como se deben imputar las diferentes categorías de rentas al mismo. Con relación al ejercicio gravable se establece que coincide con el año calendario. Así, por ejemplo, el artículo 57 establece que, en el caso de rentas de cuarta y quinta categoría, éstas se imputarán al ejercicio en que se perciben, en tanto que las rentas de tercera categoría se imputarán al ejercicio en

¿Qué hago con la renta de mi contrato de alquiler?: covid-19 y algunos escenarios generados en contratos de arrendamiento de locales comerciales

Por Franco Soria Palacios, socio del Área Inmobiliaria y de Saneamiento de Tierras de Rubio Leguía Normand, y Alvaro Gonzales De La Cotera, asociado del mismo estudio[1] El 15 de marzo del 2020 se emitió el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, declarando el Estado de Emergencia Nacional por la grave crisis de salud generada por el covid-19 y estableciendo: La declaratoria de emergencia por 15 días calendarios, desde el lunes 16 de marzo hasta el lunes 30 de marzo. Posteriormente, el estado de excepción se amplió hasta el domingo 12 de abril. Se ha generado el estado de “aislamiento social obligatorio” como medida que restringe al ciudadano el libre tránsito y la circulación. Ello, sin afectar la prestación de los servicios

COVID-19: recomendaciones para empleadores en el contexto del trabajo remoto

Por Cecilia Calderón y Milagros Villavicencio, abogadas por la PUCP con especializaciones de postgrado en temas de Derecho Laboral a nivel nacional e internacional. En base a nuestra primera entrega sobre este tema, a continuación, proponemos algunas recomendaciones para las empresas que se encuentran implementando el trabajo remoto (TR) entre su personal: Revisar los puestos de trabajo existentes en la empresa, las funciones inherentes a cada uno y las actividades que se pueden desarrollar de manera remota. A partir de ello, podrán determinar no solo quiénes pueden ejecutar trabajo remoto sino también qué áreas deben priorizar grupos o categorías, asimismo, identificar los recursos, accesos, prioridad en la resolución de problemas informáticos, sistema de seguridad y salud, capacitaciones especializadas en manejo

Notas sobre el Análisis Espacial del Derecho

Por José Carlos Fernández Salas, profesor de Reales en la Facultad de Derecho de la PUCP. Máster in Urban Planning por Harvard University El edificio del Empire State Building en Manhattan, Nueva York tiene la conocida forma de una torta de matrimonio. Otros dicen que la de un cohete a punto de despegar. Su parte inferior aprovecha la mayor parte del terreno, sus secciones intermedias tienen un ancho menor y la parte más alta del edificio es la más angosta, pues se encuentra solamente en la zona central de toda el área de terreno. Lo que resulta interesante es que este diseño no responde a una consideración arquitectónica, sino a una consideración fundamentalmente jurídica: las normas urbanísticas de la ciudad

Retos del Derecho Ambiental frente a las regulaciones sobre el COVID19

Por Andrés Dulanto Tello, docente en la Universidad Científica del Sur, y magíster y licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú Desde el 11 de marzo de 2020, fecha en que la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó al COVID-19 como una pandemia, los estados han reaccionado tomando diferentes medidas para combatir la propagación de esta enfermedad. El más común de los enfoques por el que han optado los gobiernos ha sido implementar medidas de distanciamiento social y suspender diversas actividades productivas. Estas medidas han implicado impactos fuertes no solo en el sector salud y economía, sino en ámbitos como el ambiental. El presente artículo no pretende ser un análisis a profundidad de la regulación sobre

5 cosas que como trabajador debes saber del trabajo remoto

Por Cecilia Calderón y Milagros Villavicencio, abogadas por la PUCP con especializaciones de postgrado en temas de Derecho Laboral a nivel nacional e internacional. ¿Qué es el trabajo remoto? El trabajo remoto (TR) es la prestación de servicios subordinados que realizan los trabajadores que se encuentran físicamente en su domicilio o en algún lugar de aislamiento domiciliario durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitario establecido por el Gobierno (D.U. N° 026-2020-EF, D.S. N° 044-2020-PCM, D.S. N° 010-2020-TR y R.M. N° 072-2020-TR). ¿Qué implica el TR? ¿Es lo mismo que el teletrabajo?  El TR no es igual al teletrabajo, básicamente por 3 aspectos esenciales: El TR no necesita acuerdo con el trabajador, basta con la comunicación del empleador de la

Lucha por la supervivencia: contaminación ambiental en Cerro de Pasco

Denisse Paucar, estudiante de la facultad de Derecho de la PUCP y miembro del programa de desarrollo social de THĒMIS, Khuska “Cuando era niño, jugaba en esta laguna. Era limpia, cazábamos chalhuas, pescaditos pequeñitos como las sardinas, habían patos silvestres, ranas […] ya no hay vida” Humberto Grijalba, vecino de la comunidad campesina de Quiulacocha. Lo sucedido con la laguna Quiulacocha representa únicamente una muestra del feroz paso de la minería en la ciudad ubicada a 4,380 metros de altitud: es una región que tiene concesionado el 74% de su territorio[1]. La ciudad de Cerro de Pasco ha sido reconocida, durante más de 400 años, por su historia y riqueza minera. Sin embargo, más allá de los múltiples reconocimientos otorgados

¿Una deuda que no es deuda?: Las acciones redimibles

Por Amaranta Chuquihuara, asociada de Garrigues (Perú) Las acciones redimibles son concebidas como una alternativa a los instrumentos financieros flexibles, en tanto la finalidad de su emisión radica en obtener financiamiento para la sociedad mediante la captación de recursos líquidos y, de esta forma, solventar y mejorar el desempeño de sus actividades. El concepto de acciones redimibles fue reconocido a través del Companies Act de 1929, aunque se alude que su origen no fue tanto legislativo, sino fruto de la práctica societaria. Actualmente, las acciones redimibles son reconocidas expresamente por diferentes ordenamientos extranjeros. Si bien nuestra Ley General de Sociedades no ha tipificado a las acciones redimibles como una clase de instrumentos representativos del capital, no ha proscrito su utilización