Por José Carlos Fernández Salas, profesor de Reales en la Facultad de Derecho de la PUCP. Máster in Urban Planning por Harvard University

El edificio del Empire State Building en Manhattan, Nueva York tiene la conocida forma de una torta de matrimonio. Otros dicen que la de un cohete a punto de despegar. Su parte inferior aprovecha la mayor parte del terreno, sus secciones intermedias tienen un ancho menor y la parte más alta del edificio es la más angosta, pues se encuentra solamente en la zona central de toda el área de terreno. Lo que resulta interesante es que este diseño no responde a una consideración arquitectónica, sino a una consideración fundamentalmente jurídica: las normas urbanísticas de la ciudad de Nueva York. En efecto, al visitar Manhattan uno se puede dar cuenta de que son varios los edificios que tienen una forma similar a la del Empire State Building. Son edificios construidos en la primera mitad del siglo XX. Otro de los edificios icónicos que comparte dicho diseño es el famoso Chrysler Building. Todos ellos son producto de la normativa de zonificación neoyorquina previa al año 1961. Esta regulación, con el objetivo de evitar que moles de cemento quiten todo ángulo de luz para los transeúntes y edificios bajos de la ciudad, estableció un sistema de retiros para las edificaciones. Con este, los edificios tenían que irse retirando del límite de propiedad progresivamente, como por escalones, hasta llegar a la parte interior del lote y solo ahí se podía construir un rascacielos sin límite de altura. Los edificios de estilo distinto – por ejemplo, las Torres Gemelas – datan de después de que dicha normativa fue modificada en los años sesenta. Las normas jurídicas, pues, influencian directamente la forma física de una ciudad y viceversa. Lo descrito es solamente un ejemplo de la importancia de hacer lo que llamo el “análisis espacial del derecho”, es decir, incluir la consideración del espacio en el que se desenvuelven las instituciones jurídicas tanto al momento de crear las normas jurídicas como al momento de interpretarlas. Aunque este enfoque puede aplicarse a prácticamente cualquier rama del derecho (las normas se reciben de manera distinta dependiendo, entre otras variables, de la geografía), la metodología juega un papel fundamental en el desarrollo de normas que determinan qué actividad se puede realizar o qué se puede construir en determinada zona de la ciudad, en esencia, el derecho urbanístico.

Un corolario de lo dicho es la estructural interdisciplinariedad del derecho urbanístico. Al desarrollar normas sobre cómo debe construirse un edificio inevitablemente los conceptos jurídicos se van a entrecruzar con las magnitudes y formas físicas de los objetos. Como consecuencia, en un mundo ideal este campo se presta para que se generen sinergias interesantes entre profesionales de distintas disciplinas. Sin embargo, en muchos de los casos lo que se genera más bien es una “tierra de nadie”. Tomemos como ejemplo la regulación de las alturas de edificación en la ciudad de Lima. Un parámetro que muy comúnmente se usa en las ordenanzas urbanísticas de la ciudad es el de “1.5 (a+r)”. Esta fórmula usualmente indica la altura máxima permitida como una función de “a”, el ancho de la vía, y “r”, los retiros normativos aplicables a la zona. Si uno le pregunta a un abogado acerca de la razón que se encuentra detrás de usar precisamente esta fórmula y no, por ejemplo, “1.6(a+r)” o “0.5(2a-r)” o cualquier otra, incluso si se trata de un especialista en derecho inmobiliario, recibiremos como respuesta que de dichas consideraciones no se ocupan los abogados, sino los arquitectos. Lo interesante es que cuando uno le hace esta misma pregunta a un arquitecto, este responde que tampoco sabe, que este es un parámetro exógeno a su práctica profesional, que él simplemente toma dicho parámetro como dado y trabaja su diseño dentro de lo que la norma permite, y que deben ser los abogados los que saben por qué establecieron dicha norma. “Tierra de nadie”.

Este tipo de desconexiones son las que abundan en la deficiente planificación urbana que caracteriza a las ciudades peruanas. Sin embargo, también representan una oportunidad única para los profesionales y estudiantes interesados en temas de política urbana en general y de derecho urbanístico en particular. Para solo dar un ejemplo, un interesante proyecto open source que explora esta conexión entre el derecho y el espacio es el proyecto del Massachusetts Institute of Technology (MIT) denominado CityScope dentro del MIT Media Lab[1]. A través de este proyecto se busca utilizar herramientas de visualización como impresiones 3D y realidad aumentada, así como lenguajes de programación y machine-learning para generar herramientas que permitan visualizar el impacto de las normas urbanas de una determinada ciudad. Por ejemplo, en lugar de que las normas sobre las alturas de edificios se acumulen en pilas y pilas de ordenanzas, insondables no solo para los ciudadanos de a pie, sino incluso para los propios especialistas y funcionarios públicos, se han empezado a desarrollar instrumentos que permiten visualizar las diferentes alturas y densidades en programas de computadora que asemejan juegos de video. También se usan mesas que representan los potenciales edificios mediante bloques construidos con legos, todo ello con el objetivo de acercar a profesionales de distintas disciplinas e incluso al ciudadano común a la discusión sobre los cambios en las normas y las políticas urbanas en tiempo real y de una manera más amigable. La iniciativa está muy lejos de ser un emprendimiento puramente académico, puesto que ya se han desarrollado algunas iniciativas empresariales que buscan proveer de esta información visual a desarrolladores inmobiliarios para quienes las normas de zonificación son casi imposibles de entender. En esa línea se encuentra, por ejemplo, el proyecto Envelope en Nueva York desarrollado por la profesora de MIT Sarah Williams y la firma SHoP que ha conseguido crear un software de visualización en 3D de todas las posibilidades que presenta la normativa urbanística de la ciudad de Nueva York [2].

¿Dónde estamos en toda esta conversación en Perú? El derecho urbanístico y la política urbana se encuentra todavía muy rezagados en nuestro país. Para centrarnos solamente en el mundo jurídico, no existen muchos especialistas en esta materia en el ámbito profesional ni en el ámbito académico. Es solo por momentos que la atención del público en general se va hacia este campo cuando, por ejemplo, llega la época de lluvias y las ciudades de la costa se empiezan a inundar o cuando sale una noticia según la cual Lima tiene el tercer peor tráfico del mundo. A pesar de ello, existen algunos aislados referentes positivos en el ámbito del derecho urbanístico en Perú. Entre los autores más antiguos podemos citar a Oscar Macedo López y su libro “Derecho Urbanístico” (Molsan, 1997) y a Hildebrando Castro-Pozo Díaz y su libro también titulado “Derecho Urbanístico” (Grijley, 2007). Más recientemente, entre los autores que han tratado el tema con amplitud están Iván Ortiz Sánchez y su libro “Introducción al Derecho Urbanístico” (PUCP, 2017) y Gunther Gonzales Barrón y su libro titulado “Derecho Urbanístico” (Ediciones Legales, 2013). Todas estas obras no solo han afrontado la evidente dificultad de que se basan en normas que tienen una vocación extremadamente cambiante y técnica, sino que también requieren un dominio de temas jurídicos que tradicionalmente han pertenecido a ramas del derecho distintas – derecho civil y derecho administrativo.

Es cierto que esta disciplina tiene un desarrollo profundo en otras latitudes y que ahí se pueden encontrar buenos parámetros de referencia para el desarrollo y revisión de las instituciones del derecho urbanístico. Sin embargo, bajo mi punto de vista es necesario evitar un pecado común que se encuentra en este ámbito que es el endiosar a los autores y las instituciones extranjeras. Basta nada más ver cómo muchas de las instituciones urbanísticas españolas (por ejemplo, la Ley de Suelo de 1998), que son muy estudiadas por autores y funcionarios públicos peruanos, son las mismas que facilitaron la profunda crisis hipotecaria y económica en la que España se vio sumida desde el año 2008. Una mirada en la década del 2010 a todos los proyectos inmobiliarios vacíos o paralizados a la mitad de la construcción en los alrededores de las ciudades españolas nos dice que las instituciones jurídicas que facilitaron esta dinámica se tienen que estudiar con pinzas. Lo propio se puede decir del mundo anglosajón. Uno de los mayores problemas de países como Estados Unidos es la en muchos casos perniciosa santificación de la protección a la propiedad privada e individual. El equilibrio entre los intereses privados sobre la propiedad y los intereses de la sociedad en conjunto es la discusión permanente que subyace al derecho urbanístico y que en dicho país se ha materializado en casos tan recientes como Kelo v. City of New London. Los mejores aportes que profesionales e investigadores peruanos pueden hacer en este campo serán los que aprecien la utilidad de las experiencias extranjeras pero que sepan entender su desenvolvimiento en el contexto urbano local. Afortunadamente, existen indicios positivos acerca del interés en el desarrollo de este campo no solo por la creciente demanda de cursos relacionados con él en pregrado y posgrado, sino también por la importancia que actualmente el Instituto Metropolitano de Planificación de Lima bajo la dirección del urbanista Augusto Mendoza le está dando al aspecto normativo de la planificación urbana. Este es el ámbito en el que considero que el análisis espacial del derecho y otros enfoques interdisciplinarios van a ganar cada vez mayor utilidad.


Referencias:

[1] Ver Fernandez, J. y Zhou, K. (2019) Game of Zones. https://youtu.be/5uEov8OLAvc (revisado el 21-01-2020); Massachusetts Institute of Technology (2020) Theme | CityScope https://www.media.mit.edu/projects/cityscope/overview/ (revisado el 21-01-2020); Noyman, A. (2015) POWERSTRUCTURES: the urban form of regulations. https://dspace.mit.edu/handle/1721.1/99301 (revisado el 21-01-2020).

[2] Ver ENVELOPE (2020) About. https://envelope.city/about (revisado el 21-01-2020).

Fuente de imagen: Andina