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Economía colaborativa y Derecho del Trabajo: reflexiones en torno al “on-demand delivery”

Manuel Privat, abogado por la PUCP, asesor de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y ex miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho Las aplicaciones móviles de intercambio de bienes y servicios han rezagado a muchos instrumentos de convención social tradicionales. Uno de ellos es el Derecho. A las normas les cuesta identificar los supuestos de hecho y las consecuencias jurídicas para regular (desde cualquiera de sus ramas) a este tipo de intercambios. Los operadores de justicia, más temprano que tarde, deberán optar entre soluciones diversas, debido a las diferencias reales que existen entre cada modelo de negocio que se exterioriza a través de un aplicativo móvil. La economía colaborativa[1] es uno de los sistemas que ha

Lineamientos para la calificación de Directores Independientes

Por Joe Navarrete, abogado por la UNMSM y asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. 1. Introducción Luego de dos procesos de consulta ciudadana, muestra del especial interés de esta norma para el mercado de valores en nuestro país, la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, la “SMV”) publicó el 27 de junio de 2019, mediante Resolución SMV Nº 016-2019-SMV/01, los “Lineamientos para la Calificación de Directores Independientes” (en adelante, los “Lineamientos”). En la presente entrada, daré cuenta de los principales aspectos de los Lineamientos, poniendo especial atención a su aplicación práctica, sin ánimo de entrar a discutir dos temas que considero bastante importantes: (a) el concepto director independiente en nuestra legislación, teniendo en cuenta que el segundo párrafo

El «wage theft» estadounidense y la deficiente regulación peruana sobre la falta de pago de los salarios legítimamente ganados

Rodrigo Cuéllar, estudiante del último ciclo de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro de la Comisión de Comunicaciones del GEOSE.  “El trabajo es, por definición y por sustancia, trabajo remunerado […]”[1]. Mario Pasco Cosmópolis – El salario: protección y garantía El ámbito de protección del derecho del trabajo se restringe a la prestación personal de servicios subordinada y remunerada. De estos tres elementos, el que nos interesa a efectos del presente artículo es la remuneración. Ahora ¿qué se entiende por remuneración? Jurídicamente podemos decir que la remuneración es la contraprestación –en dinero o especie– que el trabajadr percibe con ocasión de la prestación de sus servicios. Pero la remuneración no es solo un término jurídico, pues también

Hermenéutica Civil | La fecundación in vitro en el Perú: Inscripción de los hijos

En esta segunda entrega del blog, Sofía Begazo, adjunta de docencia en la Facultad de Derecho de la PUCP y alumna de la Escuela de Postgrado de la Maestría de Investigación Jurídica, absuelve la controversia de si es posible o no que un hombre soltero, que haya utilizado técnicas de reproducción asistida en las que hubo donación de óvulos, pueda inscribir a sus hijos solo con sus apellidos en el Perú.

Elecciones Generales 2020

Por César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho Constitucional en la PUCP. El mensaje a la Nación de Martin Vizcarra, el pasado 29 de julio, anunciando la convocatoria a elecciones políticas generales para remover al Congreso y elegir a un nuevo presidente para el 2020, ha generado el rechazo altisonante de las fuerzas políticas de  la oposición parlamentaria. El mandatario está llamando a un referéndum constitucional con el fin de que la ciudadanía ejerza su rol fiel de la balanza en el conflicto entre el gobierno y la oposición. El mismo que tiene dos vertientes: una política y otra jurídica. Por un lado, la cuestión política se expresa en un conflicto entre una concepción de la

¿Cuál es la naturaleza jurídico normativa de las normas que regulan la prescripción del procedimiento administrativo disciplinario?

Por Gustavo Richarte, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, máster en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid e investigador del Centro de Estudios en Modernización del Servicio Civil (CEMSCI), adscrito a la Facultad de Derecho de la PUCP. Cuando en julio del 2013 se promulgó la Ley Nº 30057 (LSC), la misma trajo consigo un nuevo procedimiento administrativo disciplinario que regiría para los servidores bajo los regímenes de los Decretos Legislativos Nos 276, 728, 1057, y también para los servidores del nuevo régimen de la LSC. Una de las reglas del nuevo régimen disciplinario fue la de la prescripción. Su novedad no radica en ella como institución jurídica, pues ya existía previamente, sino en cuanto al plazo

Nuevas alternativas y retos de las inversiones de las empresas de seguros

Por Mónica Yrrarázabal Grados, asociada del estudio Garrigues Hace unos meses, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs (SBS) aprobó diversas modificaciones al Reglamento de Inversiones de las Empresas de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS No. 1041-2016 y sus modificatorias. Las modificaciones, que previamente fueron sometidas a consulta ciudadana, buscan ampliar las alternativas de activos de inversión de las empresas de seguros y uniformizar los requisitos aplicables a dichas inversiones, tomando en consideración la regulación vigente sobre la elegibilidad de las inversiones de las administradoras de fondos de pensiones – que siguen estándares internacionales. En ese contexto, la SBS incluyó de manera expresa dentro del listado de inversiones elegibles a las inversiones en fondos de private equity, infraestructura, forestales, fideicomisos

Críticas a la Ley de Regulación de Stock de Medicamentos Genéricos

Por Amerson Mendoza Morales, abogado por la Universidad San Martin de Porres, y Raul Labarthe Saric, estudiante de la Maestría en Economía por la Universidad del Pacífico. “La visión gubernamental de la economía puede resumirse en unas cortas frases: si se mueve, póngasele un impuesto. Si se sigue moviendo, regúlese, y si no se mueve más, otórguesele un subsidio”. Ronald Reagan Empiezo el presente artículo dándole la razón a la famosa cita del cuadragésimo presidente de los Estados Unidos: la visión del gobierno siempre ha sido tratar de regular los sectores económicos creyendo que, gracias a los burócratas y a sus medidas, se genera prosperidad económica en un país, lo cual es completamente falso. La presente problemática es sobre el proyecto de

Comentarios de Derecho Administrativo al Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador en materia ambiental del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Por Por Ramón Huapaya Tapia, abogado summa cum laude, socio del Estudio CMS Grau y profesor ordinario de Derecho Administrativo, y Óscar Alejos, asociado del estudio CMS Grau Perú y especialista en Derecho Administrativo. El pasado 24 de junio de 2019 se publicó el Reglamento del procedimiento administrativo sancionador en materia ambiental del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (“el Reglamento”), aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-VIVIENDA. El propósito del presente artículo es comentar la referida norma desde la perspectiva del derecho administrativo, dejando la temática ambiental para los especialistas en la materia. Dejando de lado las reglas que replican lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (“TUO de la LPAG”), vale destacar que