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La eliminación de la inmunidad parlamentaria

César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho Constitucional en la PUCP. En el actual contexto político del Perú y los diversos casos de corrupción que se han evidenciado en los últimos años, es de vital importancia analizar una de las instituciones clásicas del derecho parlamentario como es el caso de la inmunidad de los congresistas de la república, en el marco de la lucha nacional e internacional contra la corrupción. Recientemente, el uso abusivo de esta institución por diversos congresistas ha demostrado nefastas consecuencias, pues ya no es utilizada como una garantía frente a las presiones políticas externas -que podrían buscar intimidar a los congresistas en el ejercicio de sus funciones-,sino, por el contrario, su empleo

FIBRA: Fideicomiso de Titulación de Bienes Raíces

Por Guillermo Arribas, abogado por la PUCP, profesor de Derecho Civil y asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados Hace poco más de dos años, se introdujo un nuevo mecanismo de inversión en el mercado de valores: el Fideicomiso de Titulación de Bienes Raíces – FIBRA. En diciembre del 2018, se dio la primera colocación del primer FIBRA en el Perú: el FIBRA Prime. El atractivo es matemático. Con suerte, un depósito a plazo fijo en dólares en una caja municipal o un bono en la misma moneda pueden tener una tasa de interés anual de entre 2% y 3%; a través de un FIBRA, se puede obtener una rentabilidad parecida a la del arrendamiento de un inmueble, de entre

Importante jurisprudencia de la Sala de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI sobre el régimen administrativo sancionador

Por Ramón Huapaya, profesor de Derecho Administrativo en la PUCP y miembro del Grupo de Investigación en Derecho Administrativo (GIDA) de la PUCP El pasado 14 de abril de 2019, se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Resolución N° 83-2019/SEL-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada. En esta decisión, la Sala confirmó el pronunciamiento de primera instancia, el cual declaró como barrera burocrática ilegal el cobro por derecho de tramitación por descargos que imponía el TUPA del Gobierno Regional de Cusco, en el marco de procedimientos sancionadores por infracciones al Reglamento Nacional de Administración de Transporte. La Sala sustenta la ilegalidad de la barrera en la vulneración al artículo 53º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento

ArbitrArte: Arbitrar o no arbitrar, he ahí el dilema

Por Uber López Montreuil, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y practicante en Bullard Falla Ezcurra +. En 1998, una investigación periodística reveló que la donación de algunas obras de arte a la Galería Nacional de Austria presentaba ciertas irregularidades. Entre ellas se encontraban seis pinturas de Gustav Klimt,[1] que fueron arrebatadas por los Nazi a su dueño original, Ferdinand Bloch-Bauer. María Altmann, su sobrina y heredera, decidió reclamar al gobierno austriaco su restitución. Sin embargo, este se negó a hacerlo.[2] Ante la negativa, Altmann tenía dos opciones: acordar con el gobierno austriaco someter su controversia a un arbitraje o recurrir a las cortes judiciales. ¿Cómo resolvería usted este dilema? A continuación, desarrollaré cinco puntos que nos

Entrevista a Julio Gamero Requena

Julio Gamero Requena, economista y profesor en la Pontificia Universidad Católica del Perú en la facultad de Gestión en la maestría de Relaciones Laborales y de Derecho y Seguridad Social. 1.- ¿Cuál es el marco normativo de la OIT para la formalización laboral? Para la OIT, el marco referencial para enfrentar la informalidad es la Recomendación Núm. 204, que precisa el tránsito de la informalidad a la formalidad. Se parte de la concepción de que la informalidad no es una situación de elección, sino una en la que el trabajador se ve obligado a entrar, en tanto que no consigue un trabajo en el sector formal y necesita generar ingresos para él y su familia. Entonces, no le queda más que

Calidad regulatoria y como tomamos decisiones las personas

Oscar Sumar, director de la carrera de Derecho en la Universidad Científica del Sur y doctor en Derecho por UC Berkeley Hace pocos días, se ha dictado el reglamento del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, sobre análisis de calidad regulatoria (ACR). Dicho reglamento es una excusa para formalizar un proceso que lleva más de dos años en la práctica y, paradójicamente, aunque está llamado a encapsular en sí mismo la práctica de hacer “buenas leyes” siguiendo formalidades, es un decreto bastante poco ortodoxo. Tomaré como excusa esta norma para discutir acerca de si efectivamente podemos aspirar a que las normas se dicten siguiendo un proceso técnico de evaluación de costos y beneficios económicos. ¿Cuál es la decisión más

Deberes fiduciarios: ¿deben velar los administradores por los intereses de los acreedores en situaciones previas a la insolvencia?

Thomas Thorndike, socio del estudio Garrigues (Perú), y Cayetana Castro Un deber fiduciario es una obligación de índole legal consistente en velar por los intereses y actuar en beneficio de otra persona. En el caso de sociedades con fines de lucro, la legislación comparada típicamente establece que los administradores tengan deberes fiduciarios (sea directamente o como parte de otro tipo de obligaciones tendentes al mismo fin) hacia el bienestar de la propia sociedad y sus accionistas, debiendo sus actos –por ejemplo y en términos generales– procurar maximizar el valor económico de la sociedad e incrementar el valor de sus acciones. El hecho que los administradores deban velar por el bienestar de la sociedad y el valor de sus acciones (y