Civil

Documentos fraudulentos en el registro y las prerrogrativas de los afectados

Por el Mg. Gilberto Mendoza del Maestro, profesor de Derecho Civil en la PUCP. El registro tiene el fin, desde su creación, de proteger la seguridad del tráfico (Verkehrsicherheit), lo cual ha sido reconocido en el numeral 3 de la Ley de Creación del Sistema Registral. Lamentablemente, en nuestro medio esta protección se ha ido relativizando por los graves problemas de fraude inmobiliario, los cuales expusieron las deficiencias de nuestro sistema de transmisiones inmobiliarias, y que lamentablemente la SUNARP no supo afrontar. No obstante ello, revisaremos en el presente post las prerrogativas que tienen los titulares registrales cuando les afecta un caso de suplantación o falsificación de documentos sobre sus bienes inscritos. El principio de legitimación y la falsedad documental

¿Vulnera Pokemon Go la Normativa de Protección de Datos Personales?: breves reflexiones al respecto

Pokemon Go, sin duda alguna, es la app del momento y en el Perú no es la excepción. Tan es así que a diario salen noticias de adolescentes que invaden propiedad privada para capturar pokemons, o que inclusive en otros casos ponen en riesgo su vida. Sin duda alguna, la locura pokemon está en el ojo público y nadie puede negar dicha realidad. Sin embargo, nada [o muy poco] se ha hablado en relación a los temas de privacidad y protección de datos personales que se ven involucrados por el solo hecho de descargar esta app. Veamos. En primer lugar, la política de privacidad de Pokemon Go establece que recopila «cierta información que puede usarse para identificarle o reconocerle». En concreto,

¿Cuán útil es nuestro catastro?

Por Gilberto Mendoza del Maestro. Profesor de la Facultad de Derecho y de la Maestría en Derecho Civil de la PUCP. Recuerdo que hace más de 10 años, como practicante del Tribunal Registral, me invitaron a formar parte de la comisión que estaba revisando las modificaciones del Registro de Predios. Mi labor, más administrativa en dicha época, me llevó a conocer a diversos valiosos profesionales de nuestro Registro, aunque me llamó la atención de sobremanera la participación de quien en vida fue el Dr. Echegaray. Más que una semblanza de él, me quedo en esta ocasión con una frase suya: “El catastro que se propone no sirve, gastan dinero en vano.” La actualización del catastro es costosa, y ya van muchos

Los actos conservatorios en pendencia de una condición

Por Erick Lau, abogado de la PUCP y asociado del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. No cabe duda que las condiciones son instrumentos importantes en la contratación moderna. Muchas veces, cuando negociamos un contrato, sometemos algunos o todos los efectos del mismo a la verificación de determinados hechos futuros e inciertos. Al plasmarlas en los contratos usamos cláusulas que denominamos “condiciones precedentes”, “efectos suspendidos” e incluso, sin hacer mención del término “condición”, sometemos la eficacia de ciertos efectos a la verificación de eventos futuros. En líneas generales, una condición es una de las denominadas “modalidades” de los negocios jurídicos. La existencia de ésta repercute en los efectos que pudieran desenvolver los mismos. Así, en virtud de una condición, los efectos

Calificación Registral del Patrimonio Familiar

Por Gilberto Mendoza del Maestro. Profesor de la Facultad de Derecho y de la Maestría en Derecho Civil de la PUCP. El patrimonio familiar es una institución proteccionista, la cual puede dar lugar al fraude del crédito. ¿Cuál es su tratamiento en sede registral? En el siguiente texto se esbozarán algunas ideas sobre dicha institución. ANTECEDENTES Tenemos como antecedente la Ley N° 3022 de fecha 28 de diciembre de 1918 sobre los contratos de compraventa a plazos de casas para obreros y empleados públicos con sueldos menores, siendo que no se podían vender en tanto no hubiese sido pagada. La ley N° 6619 del 9 de mayo de 1929, en el caso de empleados públicos, se les obligaba a tener

Acción contencioso administrativa de procedimientos registrales

Por el Mg. Gilberto Mendoza del Maestro, profesor de Derecho Civil en la PUCP. Según el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo[1], en adelante LPCA, el cual fue modificado por el Decreto Legislativo Nº 1067, señala en su artículo 1 que la acción contencioso administrativa tiene por finalidad el control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la administración pública, sujetas al derecho administrativo, y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados. La fuente de validez de esta norma la encontramos en el Art. 148 de nuestra Carta Magna: “Artículo 148.- Las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa.”

Calificación de los actos de disposición del gerente general

Por el Mg. Gilberto Mendoza del Maestro, profesor de Derecho Civil en la PUCP. El gerente es el encargado de la gestión de la empresa, pero también es el que representa a la misma, ¿cuál ha sido el tratamiento de este órgano en sede registral? Es la pregunta que buscaremos absolver en el presente texto. FACULTADES DEL GERENTE En el XC Pleno se emitió como precedente que el gerente tenía las siguientes facultades: 1. FACULTADES DEL GERENTE GENERAL.[1] “El gerente general se encuentra facultado para realizar todo tipo de actos de administración y disposición, con excepción de los asuntos que la ley, el estatuto o acuerdos de la junta general o directorio atribuyan a la junta general u otro órgano

El costo del crédito y la garantía hipotecaria

Por el Mg. Gilberto Mendoza del Maestro, profesor de Derecho Civil en la PUCP. Cuando se estudia la figura de la hipoteca se puede realizar desde diferentes puntos de vista. Una perspectiva es la jurídica, desde la cual buscamos analizar la naturaleza de la hipoteca tomándola como punto de inicio para reconstruir el régimen legal a partir de verificar cómo se constituye, sus vicisitudes y la extinción. Una segunda perspectiva es la económica, la cual busca analizar la utilidad y el valor de la garantía. No es lo mismo otorgar un crédito sin garantía que uno con garantía, por lo que a pesar que sea imperceptible en los contratos de préstamo hipotecario la hipoteca tiene un valor económico. El presente

¿Por qué decimos que el Common Law es eficiente?

Por Eduardo Iñiguez, alumno de la Facultad de Derecho en la PUCP y ex miembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil THĒMIS. Si el lector de estas líneas se encuentra familiarizado con doctrina especializada en análisis económico del derecho, seguro habrá tenido oportunidad de leer (o escuchar) la siguiente afirmación: el common law es eficiente. La pretendida eficiencia del common law, lejos de ser exclusivamente un postulado teórico al que se adhieren algunos de sus autores, es hoy casi una premisa para sus seguidores, quienes parten de ella para explicar los fenómenos jurídicos desde una perspectiva económica. Una declaración como esta puede resultar por lo menos singular para aquel que, en cambio, no tenga mucha experiencia en la materia.